Subvenciones en el ámbito de los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, y de Talleres de Empleo.

Código de ayuda:

S59446/20

Norma:

Orden EPS/31/2020, de 11 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de subvenciones destinadas a proyectos de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Políticas Sociales (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los proyectos de escuelas taller, casas de ofi cios y talleres de empleo subvencionables podrán ser promovidos por las siguientes entidades sin ánimo de lucro, que deberán ser competentes para la elaboración de los productos o la ejecución de los servicios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:

a) Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

c) Las Fundaciones del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, entendiendo por tales aquellas Fundaciones en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.º Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración General de la Comunidad Autónoma, sus organismos públicos o demás entidades del Sector Público Autonómico.

2.º Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

d) Las sociedades mercantiles autonómicas, entendiendo por tales aquellas en las que la participación, directa o indirecta, en su capital social de las entidades que integran el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sea igual o superior al cincuenta por ciento.

Para la determinación de este porcentaje, se sumarán las participaciones correspondientes a las entidades integradas en el sector público autonómico, en el caso de que en el capital social participen varias de ellas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Módulo A: costes salariales y de Seguridad Social del personal directivo, docente y de apoyo.

— Módulo C: Becas de alumnos/as-trabajadores/as, durante la etapa formativa.

— Módulo B: Los demás gastos de formación y funcionamiento.

— Módulo S: Costes salariales y de Seguridad Social de alumnos/as-trabajadores/as, durante la etapa de alternancia con el empleo.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 223
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento