Subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor, y de las asociaciones y entidades de comercio, enmarcado en el Componente 13, impulso a la PYME, en su inversión 4 “Apoyo al comercio”, actuación 1.2. Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código de ayuda:

S67373/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2022. Resolución de 23 de noviembre de 2022. Resolución de 16 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Desde las 9:00 horas del día 20 de junio de 2023 y termina a las 14:00 horas del día 19 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se hace pública la convocatoria para la concesión de las subvenciones en el ámbito de las actividades de
comercio al por menor, y de las asociaciones y entidades de comercio, enmarcado en el Componente 13,
impulso a la PYME, en su inversión 4 “Apoyo en el comercio”, actuación 1.2. Programa de modernización del
Comercio: Fondo Tecnológico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por los
fondos Next Generation EU para el ejercicio 2023.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 7.652.906,90 euros, proveniente de
las fuentes finalistas FMRRC13I04 con cargo a las partidas presupuestarias D/7700001/6410 FMRRC13I04 y
D/7820001/6410 FMRRC13I04 del presupuesto del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña para
el año 2023

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser personas beneficiarias de estas subvenciones:

Las personas profesionales autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), titulares de un establecimiento de comercio al por menor.

Las pequeñas y medianas empresas titulares de un establecimiento de comercio al por menor, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas.

Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

En el ámbito de las empresas de comercio, la persona beneficiaría debe tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña.

A efectos de estas bases reguladoras se entienden como empresas de comercio aquellas que prestan
actividades empresariales de comercio al por menor, quedando excluidas explícitamente las empresas
fabricantes y mayoristas que no realizan venta al por menor.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8803
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8809
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8809
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Boletín: 16/06/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8938
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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