Subvenciones en el ambito de la colaboracion con los empresarios y sus asociaciones o confederaciones representativas, dirigidas a la sustitucion de horas extraordinarias por nuevos contratos al reordenar la jornada de trabajo en las empresas, y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2008 para la isla de La Palma.

Código de ayuda:

S71637/08

Norma:

Resolucion de 6 de noviembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la creación de un nuevo programa de fomento del empleo, que regule la colaboración entre empresarios y trabajadores, con el fin de promover y potenciar la contratación de personas desempleadas, como consecuencia de la reorganización del tiempo de trabajo, a través de la creación de nuevos contratos de trabajo al sustituir un determinado número de horas extraordinarias que las empresas están obligadas a abonar para poder mantener sus necesidades de producción, con el fin de mejorar la calidad y la estabilidad en el empleo, al mismo tiempo que se contribuye a aumentar la productividad y la competitividad de las empresas.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Servicio Canario de Empleo (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de las subvenciones será la establecida, para cada ejercicio, en la respectiva convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellas empresas que acrediten la sustitución de horas extras por nuevos contratos, como consecuencia de la reorganización del tiempo de trabajo, siempre que estas nuevas contrataciones se realicen con desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El SCE financiará el 100% del coste empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas,
durante el período de vigencia de sus contratos, por un período máximo de un año, como pago en firme al finalizar cada período trimestral de contratación, previa presentación de los correspondientes contratos de trabajo y de los TC-1 y TC-2 del período trimestral correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 232
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento