Subvenciones, en el ambito de la Comunidad de Castilla y Leon dirigidas, a jovenes directores y dramaturgos para el montaje y produccion de obras o espectaculos en el campo de las artes escenicas, para el año 2008.

Código de ayuda:

S08882/08

Norma:

ORDEN FAM/175/2008, de 5 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a jóvenes directores y dramaturgos, para la realización de montajes y producciones de obras y espectáculos en el campo de las artes escénicas, con la finalidad de facilitar su profesionalización e inserción laboral en este ámbito.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables con un máximo de 9.000 euros por beneficiario, determinándose el porcentaje exacto correspondiente a cada beneficiario
en función de la valoración obtenida según los criterios de valoración y ponderación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarios los jóvenes castellanos y leoneses en quienes no concurriendo ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuente con 18 años de edad en la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes y no superen la edad de 35 años a fecha 31 de diciembre del año 2008.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de subvención la realización de montajes y producciones de obras y espectáculos en el campo de las Artes Escénicas, Danza, Artes Circenses y Teatro en cualquiera de sus manifestaciones:
calle, sala, textual, gestual, infantil, títeres, objetos, etc., representados por grupos o compañías jóvenes.

Las actividades objeto de subvención serán las realizadas desde 1 de enero del 2008 hasta el 6 de octubre de 2008.

No serán objeto de subvención los montajes de obras o espectáculos de naturaleza académica previstos en los planes de estudios de las enseñanzas formales.
Los solicitantes presentarán como máximo dos proyectos de montaje y producción de obra o espectáculo en el campo de las Artes Escénicas.

Se considerarán gastos subvencionables:
a) Asistencia a cursos, simposios, jornadas, talleres, etc…
b) Transporte, manutención y alojamiento.
c) Adquisición y/o alquiler de material y equipamiento.
d) Cualquier otro gasto que tenga una relación directa y necesaria con el desarrollo del proyecto.

En todo caso los gastos subvencionables relativos a desplazamiento, alojamiento y manutención se calcularán atendiendo a las siguientes cantidades:
a) Gastos de transporte por carretera de los que no se puedan aportar factura u otra documentación justificativa, hasta un máximo de 0,19 €/Km.
b) Gastos de alojamiento hasta un máximo de 60 €/día.
c) Gastos de manutención, hasta un máximo de 36 €/día

No serán objeto de subvención los gastos suntuarios.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento