Subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S13373/14Norma:
Orden HAC/17/2014, de 31 de marzo de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones de los costes laborales generados por la contratación, en el ejercicio económico 2014, por asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de personas desempleadas para la ejecución de servicios de interés general y social a desarrollar durante el año 2014, en el ámbito de colaboración con aquéllas, como medio de adquisición de práctica profesional y la mejora de la ocupabilidad, que faciliten su inserción laboral.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En cualquier caso, el importe máximo a conceder a cada entidad solicitante, como consecuenciade la aprobación de la solicitud, no podrá exceder de 60.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen todas ellas su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios calificados de interés general y social, de acuerdo con lo previsto en esta orden, y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.Asimismo, deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se
encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos y criterios de selección establecidos en esta orden, sean contratadas para la prestación de servicios de interés general y social subvencionados.Requisitos:
Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que no tengan su sede en Cantabria deberán contar con una delegación estable en la Comunidad Autónoma que cuente con personas designadas como responsables de la misma.Documentos asociados
Boletín:
08/04/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento