Subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.

Código de ayuda:

S69119/21

Norma:

ORDEN VMV/1795/2021, de 30 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Departamento competente en materia de ordenación del territorio con cargo al Fondo de Cohesión Territorial de Aragón.

La finalidad de estas subvenciones consiste en fomentar la realización de actuaciones en las siguientes materias:

a) Políticas y acciones de carácter demográfico para abordar los cambios y desequilibrios que se producen en las estructuras de población aragonesas y atender, especialmente, a los colectivos sociales más afectados por los mismos (personas mayores, mujeres, familias, jóvenes e inmigrantes).

b) Políticas y acciones de carácter poblacional para procurar una equilibrada distribución de la población en el territorio aragonés y frenar los procesos de despoblación.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda. (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convoquen al amparo de estas bases las personas físicas o jurídicas, las instituciones sin ánimo de lucro y las Entidades Locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de tradición Local de Aragón, que realicen actividades relacionadas con las actuaciones subvencionables por esta Orden en Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Políticas y acciones de carácter demográfico.

b) Políticas y acciones que promuevan una distribución equilibrada de la población en Aragón y contribuyan a frenar los procesos de despoblación.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 264
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento