Subvenciones en centros educativos y establecimientos, para el desarrollo de programas de formacion e insercion.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S51028/14

Norma:

ORDEN ENS/333/2014, de 10 de noviembre. ORDEN ENS/210/2015, de 9 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la impartición de Programas de Formación e Inserción por parte de centros educativos y establecimientos autorizados por el Departamento de Enseñanza a impartirlos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Enseñanza (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según Familias y perfiles profesionales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros educativos privados, los públicos que no sean titularidad de la Generalidad de Cataluña y los establecimientos autorizados por el Departamento de Enseñanza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proporcionar a los jóvenes de 16 años a 21 años que no han obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria, la formación general y profesional que les permita una inserción social y laboral satisfactoria, así como su continuidad formativa.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

La presentación de la solicitud de la subvención implica la autorización a la Administración de la Generalitat para la comprobación de oficio de los datos correspondientes al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalitat y con la Tesorería de la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que imposibilitan para ser beneficiario de la subvención. En caso de subcontratación, este requisito se aplica también al subcontratista.

c) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32, 33 y 36 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) No haber sido sancionados en resolución firme en los últimos 3 años, para la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo en los últimos 5 años, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

e) Los centros o establecimientos con una plantilla igual o superior a 25 personas tienen que cumplir la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo.

f) Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y la normativa que la desarrolla.

g) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90 bis y 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

h) Los centros y los establecimientos con 50 trabajadores o más, tienen que dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores/oras con discapacidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y el resto de normativa aplicable.

i) Contratar una póliza de seguros de accidentes personales que cubra, para cada uno de los alumnos, un capital de 23.432,25 euros en concepto de muerte y un capital de 46.864,52 euros en caso de invalidez, los dos derivados del riesgo de accidente durante el desplazamiento por cualquier medio, y durante la asistencia a los cursos, incluida la realización de prácticas en empresas.

j) Disponer de una póliza de responsabilidad civil que cubra las actuaciones subvencionadas.

k) Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, a estos efectos, los centros y los establecimientos tienen que adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Asimismo, los centros o establecimientos de más de 250 trabajadores/as, deben elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad, de acuerdo con lo que establece la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

l) Disponer de los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para realizar funciones de programación, coordinación y control interno de la acción formativa.

m) Cumplir desde la fecha de inicio de los programas las condiciones requeridas en estas bases y disponer del número de alumnos previsto y de la documentación acreditativa de la realización de las actividades formativas de los Programas de Formación e Inserción.

n) No hacer donaciones, aportaciones o prestaciones de servicios a título gratuito en favor de partidos políticos, fundaciones o asociaciones que estén vinculadas orgánicamente, desde la presentación de la solicitud y hasta la finalización de la actividad subvencionada.

o) En el caso de fundaciones y asociaciones, tener adaptados los estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

p) En el caso de fundaciones, cumplir con el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado para la Ley 4/2008, de 24 de abril.

Documentos asociados

Boletín: 14/11/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6750
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
Boletín: 16/07/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6914
Documento: Modificación Descargar Documento