Subvenciones en centros colaboradores y entidades en materia de Formación Profesional Ocupacional.

Código de ayuda:

S05891/03

Norma:

Orden de 28 de noviembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Será anualmente del 15 de septiembre al 15 de octubre, para la inclusión en la programación del ejercicio siguiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de este programa es el de favorecer la inserción y reinserción ocupacional de desempleados con especial incidencia en aquellos que se encuentran en situación de desempleo prolongado, en los jóvenes que acceden por primera vez al mercado laboral o adultos que tras un largo periodo en activo, se han quedado en desempleo, evitando que estos alcancen la situación de parado de larga duración, ofreciéndoles medidas de formación orientadas a su cualificación o recualificación.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Las ayudas consistirán en una subvención del 100% del coste elegible justificado de las acciones formativas.
- Los alumnos participantes en las acciones de formación, podrán obtener ayuda de transporte cuando hayan de trasladarse, de un municipio a otro, o desde su localidad de residencia a otra distinta para asistir a un curso de formación, siempre que exista, en este último caso, entre una y otra localidad una distancia igual o superior a 10 Kilómetros.
- La ayuda podrá consistir, bien en el pago del importe del billete del medio de transporte público, o bien en la cantidad de 0,06 euros por Kilómetro en caso de utilización de transporte privado, en este último caso la cantidad máxima que se pagará por día será de 6 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Colaboradoras con Centros Homologados en la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Las acciones formativas consistirán en cursos de formación ocupacional con contenido teórico-práctico dirigidos a trabajadores en desempleo.
- Las acciones subvencionadas podrán incorporar un módulo de Sensibilización Medioambiental de 9 horas y/ o un módulo de Alfabetización Informática de 10 ó 25 horas.
- Retribuciones y gastos de seguridad social del profesorado y otras actividades docentes, así como otros gastos (material, publicidad...).

- La duración de la jornada diaria no será superior a 5 horas de jornada continua. En el supuesto de jornada partida, la duración será 7 horas diarias como máximo, siempre y cuando no exceda de 5 días semanales. Se contempla la posibilidad de variar dichos horarios, previa petición y autorización por el Servicio Regional de Empleo y Formación.
- Los locales donde se han de impartir las acciones formativas deberán estar previamente homologados por el Servicio Regional de Empleo y Formación.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2003
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 284
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/01/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 22
Documento: Modificación Descargar Documento