Subvenciones en base a la Ordenanza Reguladora de Subvenciones de Consumo.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S06373/12

Norma:

Madrid, a 10 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas económicas, que tendrán la naturaleza de subvenciones, para el desarrollo en el ámbito territorial del municipio de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas solicitadas se fijará porcentualmente al total de los gastos subvencionables de los presupuestos presentados, con sujeción a los siguientes porcentajes máximos:

a) Programa de asistencia a los consumidores. Este programa se destinará a financiar hasta el 25 por 100 de los gastos en concepto de profesionales de los gabinetes de asistencia técnico-jurídica, siempre que la asistencia sea gratuita y se preste unmínimo de cuatro horas diarias, tres días a la semana en la Federación, Asociación o Cooperativa.

b) Programa de información de consumidores. Se subvencionará hasta un 100 por 100 de las acciones informativas destinadas a:

— Fomentar el Sistema Arbitral de Consumo como mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos en las relaciones de consumo.

— Difundir los Códigos de Buenas Prácticas en materia de protección de los consumidores promovidos y aprobados por el Ayuntamiento de Madrid.

— Edición y distribución de boletines y revistas cuyo contenido mayoritario sean temas de consumo.

— Edición y distribución de folletos de información sobre temas de actualidad e interés para los consumidores.

c) Programa de formación de consumidores. Se subvencionarán hasta un 100 por 100 las actividades formativas de consumo consistentes en realizar jornadas y congresos con un mínimo de asistencia de 100 personas, conferencias, charlas o similares con un mínimo de asistencia de 30 personas y talleres de consumo con una asistencia mínima de 10 personas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones de Asociaciones de Consumidores, las Asociaciones de Consumidores, las Cooperativas de Consumidores y las Asociaciones de Cooperativas de Consumidores sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Programa de asistencia a los consumidores.

— Programas de información de consumidores, especialmente mediante el empleo de nuevas tecnologías.

— Programas de formación de consumidores.

Requisitos:

— Estar inscritas al momento de la solicitud en el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Comunidad de Madrid.

— Estar adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.

— No estar incursas en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 27 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras Leyes complementarias; artículo 26 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, y artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Estar al corriente de sus obligaciones tributarias de carácter estatal y local y con la Seguridad Social.

— Haber presentado las solicitudes y documentación requerida en la presente convocatoria en los plazos establecidos al efecto.

Documentos asociados

Boletín: 29/02/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento