Subvenciones en ayudas previas a la jubilacion ordinaria de los trabajadores afectados por procesos de reestructuracion de empresas - Modificación.

Código de ayuda:

S56664/09

Norma:

Orden de 24 de julio de 2009. Resolución de 2 de octubre de 2009. Orden de 5 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Educación, Formación y Empleo, a través del programa presupuestario 315A Administración de las Relaciones Laborales y Condiciones de Trabajo, a empresas con trabajadores afectados por procesos de reestructuración de las mismas.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía inicial de la ayuda será el 75 por 100 del resultado de dividir entre siete (7) la suma de las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, excluidas las horas extraordinarias, correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la fecha de efectividad de la ayuda, sin que en ningún caso puedan superar a la pensión máxima establecida en el Régimen General de la Seguridad Social para el año en el que tenga lugar dicha efectividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas en procesos de reestructuración en relación a sus trabajadores que cesen en las mismas por las causas previstas en los artículos 51 y 52.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE n.º 75, de 28.03.1995).

Requisitos:

Las empresas podrán pedir la ayuda para aquellos trabajadores que al alcanzar la edad ordinaria para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva, en el régimen de la Seguridad Social de encuadramiento, pudieran tener cubierto el período de cotización exigido para causar derecho a la citada pensión de jubilación en dicho régimen, estén en alta o situación asimilada en el mismo y tengan 60 años de edad, real o teórica por aplicación de coeficientes reductores de edad, como mínimo, cuando accedan al sistema de ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 180
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/10/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 231
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/04/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 87
Documento: Modificación Descargar Documento