Subvenciones economicas dirigida a las entidades sin animo de lucro de la Isla de Mallorca para llevar a cabo inversiones en innovacion tecnologica para el año 2009 (enero a octubre 2009).

Código de ayuda:

S48628/09

Norma:

Resolucion de 16 de junio de 2009. Resolucion de 28 de octubre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los principales objetivos de la convocatoria son:

-Mejorar la presencia de las entidades sin ánimo de lucro mallorquinas dentro del mundo web y de las TIC.

-Ayudar a reducir la fractura digital entre los entidades que utilizan las nuevas tecnologías y los que no lo hacen todavía.

-Dar soporte a las entidades de reciente creación y en general a cualquier entidad sin ánimo de lucro que apueste por las nuevas tecnologías (TIC) como medio para darse a conocer, hacer difusión de sus actividades y para relacionarse.

-Potenciar la utilización de la lengua catalana así como de otras lenguas como el inglés o el alemán como instrumento de accesibilidad y de relación de las entidades sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas y que tengan su domicilio social (o delegación) en la isla de Mallorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Creación de plataformas web -internet e intranet- y otras herramientas dentro del ámbito de las nuevas tecnologías (comercio electrónico) destinadas a la dar a conocer la entidad y su actividad.

Proyectos innovadores que supongan la inversión en equipamiento tecnológico como medio para la integración de la entidad en las nuevas tecnologías.

Organización y asistencia a acciones formativas dirigidas a la adaptación del miembros o socios de la entidad a las correspondientes innovaciones tecnológicas implantadas.

Requisitos:

Es un requisito imprescindible para acceder a la subvención que las actuaciones previstas incluyan la lengua catalana en su desarrollo y así se tiene que indicar expresamente al proyecto (se hará constar este compromiso mediante la presentación del modelo que aparece al anexo VII de estas bases).

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 92
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
Boletín: 12/11/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 165
Documento: Modificación Descargar Documento