Subvenciones durante el ejercicio 2011 para la promocion y difusion de las artes plasticas y visuales fuera del Pais Vasco.

Código de ayuda:

S15900/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento y regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actividades concretas en el área de las artes plásticas y visuales, a desarrollar durante el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías de las subvenciones que se concedan podrán alcanzar el 100% del presupuesto, si tal es la
puntuación obtenida, y no superará la cantidad máxima de 18.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicoprivadas, que tengan vecindad administrativa o domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de la publicación de la presente Resolución, y realicen las actividades a las que la misma se refiere.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización o participación en eventos o manifestaciones de arte contemporáneo (certámenes, festivales, exposiciones, proyectos en residencia, proyectos de intercambios de artistas,…) a celebrar en centros culturales de prestigio fuera del Pais Vasco, en el Estado Español o en el extranjero, en los que se exhiba o difunda proyectos o trabajos de autores residentes en el País Vasco así como sus soportes documentales.

Requisitos:

- Supondrá impedimento para acceder a las ayudas previstas en esta Convocatoria estar sancionado
administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas
públicas, o hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

- Es requisito para acceder a las ayudas concedidas al amparo de la presente resolución estar al corriente
de las obligaciones tributarias.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 57
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento