Subvenciones dirigidas al fomento de determinados contratos temporales y de la ampliacion de la jornada en el sector de ayuda a domicilio.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S32755/12Norma:
ORDEN EYE/702/2012, de 14 de agosto. RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/10/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2012, en régimen de concesión directa, las subvencionesdirigidas al fomento de determinados contratos temporales y de la ampliación de jornada en el sector de ayuda a domicilio, formalizados por personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, en todo caso, tengan ánimo de lucro.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los contratos en prácticas formalizados a jornada completa se subvencionancon 1.500 euros.
Los contratos en régimen de interinidad formalizados a jornada completa se
subvencionan con 1.500 euros.
Los contratos formalizados a jornada completa se subvencionarán con un importe de 1.500 €.
Los contratos de relevo a que se refiere este programa se subvencionarán con un importe de 1.500 euros.
El importe de la subvención será equivalente a 50 € por cada hora a la semana en que se incremente la jornada del trabajador. Si la prestación de servicios tiene lugar en zonas rurales, la cuantía será de 75 € por cada hora a la semana en que la jornada se incremente. En ambos casos el importe máximo a conceder será de 1.500 € por trabajador.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en los programas I, II, III y IV, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen las contrataciones descritas en estas bases, con personas desempleadas que vayan a prestar sus servicios en centros de trabajo de Castilla y León, y cumplan los requisitos específicos establecidos en cada uno de los programas.Asimismo, en el programa V– Fomento de ampliación de jornada en el sector de
ayuda a domicilio– podrán ser beneficiarios, además de los citados en el párrafo anterior, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que presten este servicio en Castilla y León, y que cumplan los requisitos previstos para este programa.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
• Programa I: Fomento de los contratos en prácticas (código REAY ECL023).• Programa II: Fomento de la contratación con carácter de interinidad para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar (código REAY ECL036).
• Programa III: Fomento de la contratación por sustitución de horas extraordinarias y reordenación del tiempo de trabajo (código REAY ECL067).
• Programa IV: Fomento de los contratos de relevo (código REAY ECL068).
• Programa V: Fomento de la ampliación de jornada en el sector de ayuda a
domicilio (código REAY ECL025).
Serán subvencionables:
a) Los contratos en prácticas del Programa I una vez transcurrido un período mínimo de 12 meses desde la fecha de inicio de los mismos, cuando dicho período mínimo se complete entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012.
b) Los contratos de interinidad del Programa II que completen el período
subvencionable de 90 días entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012.
c) Las contrataciones efectuadas al amparo de los Programas III y IV que se inicien entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012.
d) Las ampliaciones de jornada del Programa V que se inicien entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012 y el mantenimiento de las ampliaciones de jornada subvencionadas en el año anterior, como consecuencia del acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores formalizado entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012.
Requisitos:
En los programas I, II, III, y IV las empresas solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores en los centros de trabajo que la empresa tenga ubicados en la misma provincia a la fecha de inicio del hecho subvencionable.Documentos asociados
Boletín:
31/08/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 168
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Boletín:
27/09/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 187
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 187
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento