Subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos participativos orientados a la promoción de la salud en el ámbito local de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el ejercicio 2023.

Código de ayuda:

S32600/23

Norma:

ORDEN de 27 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es financiar proyectos participativos realizados entre enero y diciembre de 2023 enfocados a:

Mejorar las condiciones de vida de quienes habitan el espacio de convivencia.

Potenciar las capacidades de acción individual y colectiva en procesos de mejora de la salud y el bienestar.

Reforzar los vínculos y la cohesión social, incluyendo a colectivos en situación de vulnerabilidad

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe económico de la convocatoria es de 250.000 euros (doscientos cincuenta mil euros).

.– El importe inicial de la subvención no superará ninguno de los siguientes límites:

a) El de la cuantía solicitada.

b) El 75 % del presupuesto total del gasto subvencionable.

c) 8.000 euros por proyecto.

d) 15.000 euros por entidad beneficiaria, en caso de presentar más de un proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los organismos autónomos locales y las sociedades mercantiles locales de la Comunidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

.– Son subvencionables los gastos derivados de acciones para:

a) Atraer a diferentes agentes de la comunidad y establecer alianzas que posibiliten la realización de proyectos de promoción de la salud.

b) Identificar necesidades, aspiraciones, problemas o temas de interés para la salud y el bienestar de la ciudadanía.

c) Identificar activos de la comunidad como factores o recursos que potencian la capacidad de las personas o comunidades para mantener su salud y bienestar (mapeo de activos).

d) Diseñar, desarrollar y evaluar las actuaciones concretas para la promoción de la salud enfocadas a diferentes áreas o temas de interés de la ciudadanía, como la actividad física, la alimentación saludable, el bienestar emocional, los entornos promotores de la salud y el bienestar y otras cuestiones relevantes para la salud y el bienestar de la comunidad.

Requisitos:

.- Las sociedades mercantiles locales deberán cumplir las siguientes condiciones: que su capital sea de titularidad pública, que hayan sido designadas por el pleno de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención y que estén constituidas e inscritas en el registro mercantil.

.– Para acceder a la condición de entidad beneficiaria, y mantenerse en ella, la entidad habrá de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

.– No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas a estos efectos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/07/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 139
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento