Subvenciones dirigidas a promover el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S07228/03

Norma:

Orden de 18-12-2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El aprovechamiento de las siguientes energías renovables: solar térmica, solar fotovoltaica aislada o conectada a red, solar fotovoltaica para bombeo directo, eólica aislada o conectada a red, mixta eólico-fotovoltaica aislada o conectada a red, minihidráulica aislada o conectada a red y biomasa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Industria y Trabajo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Depende de la acción, pero no podrá superar el 40% del total de los costes, con un importe máximo de 18.030 euros por cada subvención otorgada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Personas físicas.
- Personas jurídicas: Corporaciones locales, Asociaciones, Comunidades de vecinos en régimen de propiedad horizontal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos subvencionables:
1. Energía solar térmica:
a) Instalaciones con captadores con un coeficiente global de pérdidas, referido a la curva de homologación en función de temperatura ambiente y temperatura de entrada, igual o inferior a 4,5 W/(m2 °C): 320 euros/m2.
b) Instalaciones con captadores con un coeficiente global de pérdidas, referido a la curva de homologación en función de temperatura ambiente y temperatura de entrada, entre 4,5 W/(m2 °C) menor o igual K1 9 W/(m2 °C): 230 euros/m2.
c) Instalaciones con captadores con un coeficiente global de pérdidas, referido a la curva de homologación en función de temperatura ambiente y temperatura de entrada, superior a 9 W/(m2 °C): 60 euros/m2.
2. Energía solar fotovoltaica aislada: 7 euros/Wp.
3. Energía solar fotovoltaica, en instalaciones de bombeo directo: 6 euros/Wp.
4. Energía solar fotovoltaica, en instalaciones conectadas a red, siempre que no superen los 100 kW de potencia nominal: 3,60 euros/Wp.
5. Energía eólica en instalaciones aisladas: 3 euros/ W.
6. Energía eólica en instalaciones conectadas a red, siempre que no superen los 650 Kw de potencia nominal: 1,5 euros/ W.
7. Energía mixta eólico-fotovoltaica, en instalaciones aisladas: suma de las cuantías correspondientes a fotovoltaica (7,00 euros/ Wp) y eólica (3,00 euros/1N).
8. Energía mixta eólico-fotovoltaica, en instalaciones conectadas a red, siempre que no superen los límites de potencia nominal impuestos para los grupos 4 y 6: suma de las cuantías correspondientes a fotovoltaica (3,60 euros/ Wp) y eólica (1,50 euros/W).
9. Energía minihidráulica en instalaciones aisladas: 3euros/ W.
10. Energía minihidráulica en instalaciones conectadas a red, siempre que no superen los 650 kw: 1,5 euros/ W.
11. Energía procedente de la biomasa, en instalaciones de calefacción y/o agua caliente sanitaria: 40 %.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2003
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento