Subvenciones dirigidas a participar en las inversiones de las personas titulares de derechos de aprovechamiento de agua para usos hidroeléctricos para la realización de actuaciones de adecuación de las correspondientes infraestructuras o instalaciones al régimen de caudales de mantenimiento.

Código de ayuda:

S41455/20

Norma:

RESOLUCIÓN TES/1970/2020, de 31 de julio.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Pueden ser objeto de subvención las inversiones que realicen las personas titulares de derechos de
aprovechamiento de agua para la producción de energía hidroeléctrica con el fin de llevar a cabo actuaciones de adecuación de las instalaciones al régimen de caudales de mantenimiento como consecuencia del proceso de concertación a que hace referencia el artículo 18.2 del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021, aprobado por el Decreto 1/2017, de 1 de enero.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo a subvencionar es de hasta el 90 % del importe subvencionable, con un límite máximo
de 500.000 euros por actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares de derechos de aprovechamiento de agua para la generación de energía hidroeléctrica mediante minicentrales, debidamente inscritos en el Registro de aguas correspondiente al distrito de cuenca fluvial de Cataluña, cuando se haya emitido el informe técnico a que hace referencia la base 1.3 como consecuencia del proceso de concertación a que se refiere la base 1.1.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La modernización de las turbinas existentes o la instalación de nuevas turbinas que permitan optimizar la producción o la utilización de un caudal mínimo de funcionamiento inferior al actual.

b) La modernización del sistema generador o su sustitución, con el fin de incluir un variador de frecuencia o de otros elementos dirigidos a aumentar la eficiencia o a permitir turbinar por debajo de un caudal mínimo de funcionamiento inferior al actual.

c) La automatización de las compuertas de entrada del canal, si tiene relación con un cambio de explotación asociado a una mejora de la eficiencia de la generación energética del aprovechamiento sin incrementar el caudal de concesión.

d) La optimización de las características del aprovechamiento mediante limpieza del fondo del canal, refuerzo de muros y ampliación de secciones que limitan el paso de caudal o generan pérdidas hidráulicas

e) La flexibilización de las características técnicas del caudal o salto de la concesión de la central hidroeléctrica, para optimizar la capacidad del aprovechamiento.

f) La implantación de nuevas turbinas a pie de toma para poder turbinar una parte o la totalidad del caudal de mantenimiento y/o del caudal de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 05/08/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8194
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento