Subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para el fomento de la gestión, la tecnificación y el rendimiento deportivo.

Código de ayuda:

S19864/23

Norma:

Orden de 29 de marzo de 2023. Resolución de 12 de marzo de 2024. Resolución de 21 de marzo de 2025. Resolución de 15 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de enero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomento de proyectos dirigidos a la mejora de la gestión y el funcionamiento de las federaciones deportivas andaluzas y que contribuyan a la tecnificación del entrenamiento y al aumento del rendimiento deportivo de los deportistas andaluces.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura y Deporte (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones Deportivas Andaluzas por medio de la persona titular de la Presidencia o aquella que ejerza sus funciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran conceptos subvencionables, la organización por las FDAs de las siguientes actuaciones dirigidas a categorías de deporte en edad escolar y/o categoría absoluta o inferior (que sea superior
a la edad escolar), así como la participación en éstas, de deportistas, personal técnico deportivo, jueces/árbitros y el resto del personal necesario para la adecuada realización de la actividad:

1. Campeonatos de Andalucía u otras competiciones oficiales de ámbito autonómico (copas, torneos,
etc.), en sus distintas fases. [Todas las actuaciones relacionadas con este apartado se incluirán
obligatoriamente y preferentemente en el Proyecto de Actividades Deportivas, al ser ésta una competencia delegada, según art.60,2.a) de la Ley 5/2016 de 19 de Julio, del Deporte de Andalucía].

2. Campeonatos de España u otras competiciones oficiales de ámbito nacional(copas, torneos, etc.),en
sus distintas fases.

3. Otras competiciones oficiales de ámbito internacional.

4. Concentraciones de ámbito autonómico de los deportistas más destacados y seleccionados previamente,incluidas en los programas de tecnificación de las FDAs(salvo excepciones por condiciones
meteorológicas).

5. Gestión y funcionamiento, como costes indirectos relacionados con el objeto de la subvención
(máximo del 33,33% de la subvención concedida).

El porcentaje de gastos de los apartados 1, 2, 3 y 4 se podrá limitar en cada convocatoria.

Requisitos:

La Federación Deportiva correspondiente deberá estar inscrita en el Registro Andaluz de Entidades
Deportivas, de conformidad con el marco jurídico aplicable y con anterioridad a la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/03/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 55
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 19/03/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 55
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/01/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 2
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/03/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 59
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/03/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 59
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 05/01/2026
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento