Subvenciones dirigidas a las empresas del Sector Audiovisual de la Región de Murcia destinadas a financiar el desarrollo y producción de proyectos en el ámbito de los videojuegos y multimedia.

Código de ayuda:

S47873/21

Norma:

Orden de 18 de octubre de 2018. Orden de 2 de agosto de 2021. Orden de 15 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de octubre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas dirigidas a las empresas del sector audiovisual y de los contenidos digitales de la Región de Murcia, que estarán destinadas a colaborar en la financiación de los gastos originados en el desarrollo de proyectos en el ámbito de los videojuegos y multimedia.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito destinado a financiar esta convocatoria de ayudas será de doscientos mil euros (200.000,00 €). Se podrá financiar hasta un 25 % de los gastos subvencionables, siendo la cuantía máxima de ayuda de 30.000 € por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pymes y autónomos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La contratación de personal propio y contratación de servicios profesionales externos asociados al desarrollo del proyecto; arte gráfico; diseño de juego; diseño narrativo; creación de música, sonido y efectos; pruebas de validación y calidad; producción o traducción; promoción y marketing.

b) Los costes indirectos asociados al desarrollo de las actuaciones para las que se solicita la subvención. Dichos gastos podrán ser: seguridad, limpieza, telefonía, gastos de gestoría, agua, luz, arrendamiento de oficina o similares. En este caso, la fracción que se impute no podrá exceder del 15% de la cantidad subvencionada, entendiendo como tal la suma de los gastos subvencionables, en cuyo caso dicha fracción no requerirá una justificación adicional, sustituyéndose por una declaración responsable del beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 257
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/08/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 181
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 20/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento