Subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Código de ayuda:

S50791/22

Norma:

ORDEN de 8 de agosto de 2022. Orden de 21 de agosto de 2022. Orden de 10 de agosto de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es la convocatoria, para el año 2023, de las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo a través de las siguientes líneas:

— Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada.

— Línea 2: Gastos en sensibilización y formación preventiva.

— Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral.

— Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva.

— Línea 6: Gastos para la promoción de la salud en el trabajo.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establecen los siguientes importes máximos:

— El máximo total a conceder será de 20.000 euros por línea.

— El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en las que se solicite ayuda, será de 30.000 euros por empresa y convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid y realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 29/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 06/09/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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