Subvenciones dirigidas a la modernización y mejora de la gestión del comercio de la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S53373/17

Norma:

ORDEN EYH/935/2017, de 29 de septiembre. Orden de 10 de mayo de 2019. Orden de 21 de noviembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 40% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:

a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.

b) El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases, las personas físicas y jurídicas y las comunidades de bienes, legalmente constituidas y con ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

b) Desarrollar o tener intención de desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.

c) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen o tengan intención de desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases, sin perjuicio de las exclusiones que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias:

I. Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.

II. Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.

III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

IV. Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.

V. Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 210
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 16/05/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 92
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 16/05/2019
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Boletín: 03/12/2019
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Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento