Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de Castilla y León.

Código de ayuda:

S10855/25

Norma:

Orden de 14 de abril de 2025. ORDEN IEM/613/2023, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a 1.000.000 euros. El crédito asignado a la presente convocatoria podrá ser incrementado en una cuantía adicional máxima de 1.000.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases, las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período subvencionable establecido en las convocatorias y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

b) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen en el establecimiento para el cual se solicita la subvención debe corresponder con alguna de las actividades incluidas en las siguientes divisiones, grupos o clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación
Nacional de Actividades Económicas 2009

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar relacionados de manera indubitada con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda y ser necesarios para su ejecución.

b) Ejecutarse dentro del período subvencionable establecido en cada convocatoria.

c) Encontrarse efectivamente pagados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención y haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha
contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/04/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/04/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento