Subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S28346/15

Norma:

ORDEN de 22 de mayo de 2015. Resolución de 23 de junio de 2015. Resolución de 16 de octubre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por el Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE), dirigidas a fomentar la inclusión de personas con especiales dificultades de inserción sociolaboral del mercado de trabajo, promoviendo la creación y mantenimiento de plazas de inserción en empresas de inserción y la posterior inserción laboral definitiva del trabajador en el mercado de trabajo ordinario.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de inserción que reúnan los requisitos establecidos.

En el caso de la subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la inserción sociolaboral, podrán ser beneficiarias las empresas de inserción que en cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 4 del Decreto 137/2009, de 20 de octubre, contraten a técnicos de inserción con la doble misión de desarrollar acciones de orientación y acompañamiento de trabajadores en procesos de inserción contratados en dichas empresas, así como de facilitar, por medio de acciones de mediación, su plena integración laboral en empresas normalizadas.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para la inserción definitiva del trabajador que ocupe una plaza de inserción en el mercado de trabajo ordinario, aquellas empresas de cualquier naturaleza jurídica, que no sean empresas de inserción y que no estén vinculadas con ninguna empresa de inserción ni con sus administradores o apoderados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

1) La creación y mantenimiento de las plazas de inserción: las empresas de inserción podrán solicitar subvenciones para compensar económicamente el déficit de productividad de los trabajadores en riesgo de exclusión del mercado de trabajo.

Estas subvenciones pueden ser:

a) Directas a la creación o el mantenimiento de las plazas de inserción:

Se considerará creación hasta el primer año de contratación y mantenimiento desde entonces hasta que transcurran tres años desde su creación, es decir que solo será objeto de subvención la contratación durante los primeros tres años a contar desde la creación de la plaza de inserción.

b) Dirigidas a apoyar la contratación de equipos de gestión y acompañamiento a trabajadores que ocupan plazas de inserción, consistente en:

b.1) Contratación de técnico/s de acompañamiento a la producción. Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención para la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo destinados al personal que realice tareas de acompañamiento a la producción, que consistirán en:

• Acompañamiento en la acción formativa en competencias técnico-profesionales para contribuir a la mejora de la cualificación profesional de los/las trabajadores/as en proceso de inserción.
• Acompañamiento en la adquisición de hábitos laborales.
• Coordinación con el/la técnico/a de acompañamiento a la inserción.

b.2) Contratación de técnico/s de acompañamiento a la inserción sociolaboral. Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención para la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo destinados al personal que realice tareas de acompañamiento a la inserción, que consistirán en:

• Orientación laboral y elaboración de planes personales de empleo y formación dirigidos a la consecución de puestos de trabajo adecuados a las capacidades y aptitudes de los trabajadores en procesos de inserción.

• Prospección de empresas al objeto de difundir entre las mismas las posibilidades de integración laboral de trabajadores en procesos de inserción, así como de estimular su contratación informando acerca de las ventajas económicas y sociales que ello conlleva.

• Colaboración en los procesos de selección de trabajadores en procesos de inserción.

• Asesoramiento y apoyo en el análisis de puestos de trabajo y en el proceso de adecuación de la persona en proceso de inserción a dichos puestos de trabajo.

• Mediación laboral mediante la presentación a la empresa contratante de aquellos trabajadores en procesos de inserción que presenten habilidades y capacidades adecuadas para el puesto de trabajo a desempeñar.

• Seguimiento de las incorporaciones laborales en una empresa ordinaria de aquellos trabajadores procedentes de una empresa de inserción.

Las tareas de acompañamiento a la inserción y a la producción deberán ser prestados por empresas o personas físicas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional.

b.3) Contratación o mantenimiento de director/a o gerente. Será indispensable que e/la director/a o gerente contratado acredite suficiente experiencia o formación para el desempeño de sus funciones.

2) La inserción definitiva de la persona que ocupe una plaza de inserción en el mercado de trabajo ordinario, pudiendo concederse las subvenciones siguientes:

a) Subvenciones para la incorporación del/la trabajador/a al autoempleo, destinadas a fomentar el establecimiento de el/la trabajador/a como autónomo/a o la incorporación como socio/trabajador/a a una entidad de economía social, una vez haya finalizado su proceso de inserción en una empresa de inserción.

b) Subvenciones para la incorporación del/la trabajador/a al empleo asalariado, destinadas a apoyar la contratación, por parte de empresas que no sean de inserción, de trabajadores que hayan ocupado plazas de inserción.

La acción objeto de subvención (creación o mantenimiento de plaza de inserción o inserción definitiva) debe hacerse efectiva conforme a los plazos previstos en cada convocatoria.

Se excluirá de cumplir con el plazo mencionado anteriormente, la subvención para apoyar a la contratación o mantenimiento de directores o gerentes, ya que la acción va vinculada al momento de creación de la empresa de inserción y no al de creación o mantenimiento de las plazas de inserción.

Requisitos:

a) Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE, en los términos establecidos en el Decreto 137/2009, de 20 de octubre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, el procedimiento de acceso a las mismas y el Registro de Empresas de Inserción (BOC nº 241, de 10.12.09).

b) Cumplir con las obligaciones establecidas tanto en el artº. 6 del citado Decreto 137/2009 ya citado, como en el 9.3 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE nº 299, de 14.12.07).

c) Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción cuyo mantenimiento haya sido objeto de subvención por parte del SCE, sin conseguir que la persona que la ocupaba pase a ocupar otra plaza normalizada en dicha empresa o se inserte en el mercado de trabajo ordinario, salvo que los Servicios Sociales Públicos municipales en los que se inició el procedimiento de acceso a la empresa de inserción emitan informe favorable respecto al cumplimiento del itinerario de inserción sociolaboral del trabajador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 137/2009, ya citado.

d) La plaza de inserción en el momento de la solicitud deberá estar cubierta, es decir, la entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción sociolaboral perteneciente a alguno de los colectivos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE nº 299, de 14.12.07).

Documentos asociados

Boletín: 05/06/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/07/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 128
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/10/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 208
Documento: Ampliación presupuestaria Descargar Documento