Subvenciones dirigidas a fomentar la reducción de jornada y realización de contratos de interinidad.

Código de ayuda:

S26455/04

Norma:

Resolución de 17 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para el año 2004, de las subvenciones contenidas en el Plan R egional de Empleo de Castilla y León en los siguientes programas y de acuerdo con su regulación específica:
- Programa I: Fomento de la reducción de jornada de trabajadores para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- Programa II: Fomento de la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a aquellos trabajadores que reducen su jornada para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

PROGRAMA I
Fomento de la reducción de jornada de trabajadores para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
1.– El importe máximo de la ayuda para el trabajador que reduce su jornada será, con independencia del porcentaje de reducción, de hasta 1.500 € para un período de seis o más meses, prorrateándose, dicho importe máximo, por meses completos, para períodos de reducción inferiores de acuerdo con la siguiente escala:
Entre tres y cuatro meses de reducción de jornada: 750 €.
Más de cuatro meses y menos de cinco de reducción de jornada: 1.000 €.
Más de cinco meses y menos de seis de reducción de jornada: 1.250 €.
Seis o más meses de reducción de jornada: 1.500 €.
2.– Los importes de ayuda señalados en el punto anterior se incrementarán en un 20 por 100 cuando:
– El beneficiario de la ayuda sea un hombre y la jornada se hubiera reducido para conciliar la vida laboral con la familiar.
– La beneficiaria de la ayuda sea una mujer y la jornada se hubiera reducido para mejorar la cualificación profesional de la trabajadora.

PROGRAMA II
Fomento de la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a aquellos trabajadores que reducen su jornada para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- El importe máximo de ayuda para será de 1.200 € para contratos con una duración igual o superior a 180 días, prorrateándose, dicho importe máximo para períodos de contratación inferiores, conforme a la siguiente escala:
De 90 a 119 días: 600 €.
De 120 a 149 días: 800 €.
De 150 a 179 días: 1.000 €.
De 180 días en adelante: 1.200 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

PROGRAMA I
Fomento de la reducción de jornada de trabajadores para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- Los trabajadores con una relación laboral por cuenta ajena encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social que, en los seis meses anteriores a la reducción de jornada, hubieran venido prestando servicios en la misma empresa a jornada completa, siempre que reduzcan su jornada para alguno de los dos supuestos siguientes:
1.– Para conciliar su vida laboral con la familiar cuando, en la fecha de inicio de la reducción de jornada, tengan a su cargo a hijos menores de seis años o al cónyuge o ascendientes mayores de 65 años o menores de 65 años con reconocimiento de jubilación o con un grado de minusvalía, como mínimo del 33%, que convivan con ellos.
2.– Para desarrollar acciones formativas que mejoren su cualificación profesional, entendiendo, por tales, todas aquellas cursadas por el trabajador dentro de la formación profesional ocupacional, formación profesional continua o formación reglada en cualquiera de sus niveles, tanto si se desarrollan de forma presencial como si se cursan a distancia.

PROGRAMA II
Fomento de la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a aquellos trabajadores que reducen su jornada para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- Las personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que celebren contratos de interinidad en los términos previstos en este Programa, siempre que los trabajadores sean contratados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
- No podrán beneficiarse de estas Ayudas las Administraciones Públicas ni las empresas públicas o participadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

PROGRAMA I
Fomento de la reducción de jornada de trabajadores para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- Este Programa con el fin de facilitar la conciliación de la vida laboral con la familiar o con el desarrollo de estudios que mejoren la formación profesional, pretende fomentar la reducción voluntaria de jornada de trabajadores.
- Serán subvencionables las reducciones de jornada que se produzcan entre el 1 de octubre de 2003 y el 10 de diciembre de 2004, siempre que el porcentaje de jornada reducido sea cubierto mediante un contrato de interinidad, aún cuando, por la formalización de dicho contrato el empre s a rio no solicite u obtenga la ayuda prevista en el Programa II de esta Resolución.
- La jornada deberá reducirse, como mínimo, por un período de tres meses y en un 50 por 100.
- Si la reducción de jornada se inicia con posterioridad a la fecha en que esta Resolución produce efectos deberá pactarse por escrito con el empresario.
- Si la reducción de jornada se ha iniciado con anterioridad a la fecha en que esta Resolución produce efectos no será necesaria la presentación de pacto entre tr abajador y empresario.

PROGRAMA II
Fomento de la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a aquellos trabajadores que reducen su jornada para conciliar su vida laboral con la familiar o con la realización de estudios que mejoren su cualificación profesional.
- La realización de contratos de interinidad que se inicien entre el 1 de octubre de 2003 y el 10 de diciembre de 2004, para
sustituir a trabajadores que reduzcan su jornada de trabajo y cumplan los requisitos exigidos en el Programa I de esta Resolución de convocatoria.
- Los contratos de interinidad habrán de formalizarse con alguno de los siguientes colectivos de destinatarios:
• Jóvenes menores de 25 años inscritos como desempleados que no h ayan cumplido de fo rma continuada su 6.º mes de desempleo.
• Mayores de 25 años inscritos como desempleados que no hayan cumplido de forma continuada su 12.º mes de desempleo.
• Discapacitados inscritos como desempleados.
• Perceptores de ingresos mínimos de inserción.
• Inmigrantes de países no pertenecientes a la Unión Europea, inscritos como desempleados.
- La modalidad de contrato a realizar será de interinidad y el contrato deberá ser formalizado por un porcentaje de jornada equivalente al de reducción de jornada del trabajador sustituido que, como mínimo será del 50 por 100 de la jornada ordinaria.
- La contratación ha de tener una duración equivalente al período de reducción de jornada del trabajador sustituido y, como mínimo, se habrá de concertar por tres meses.

Requisitos:

Genéricamente, no deben haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 228
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 25/11/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 228
Documento: Solicitud Descargar Documento