Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo en sectores de Nuevos Yacimientos de Empleo, el autoempleo de mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino y la contratación del primer trabajador por parte de autónomos o profesionales que carezcan de trabajadores por cuenta ajena, para las acciones subvencionables que hayan tenido lugar con anterioridad al 31 de diciembre de 2005.

Código de ayuda:

S09173/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

2 meses desde la producción de efectos de las acciones subvencionables.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones contenidas en el III Plan Regional de Empleo de Castilla y León para los Programas que seguidamente se indican, de acuerdo con su regulación específica, siempre que las acciones subvencionables hayan tenido lugar con anterioridad al 31 de diciembre de 2005:
• Programa I: Fomento del autoempleo en los sectores considerados como Nuevos Yacimientos de Empleo y del autoempleo de mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.
• Programa II: Fomento de la contratación del primer trabajador.

Los autoempleos o contrataciones objeto de este Plan habrán de referirse a alguno de los siguientes colectivos:
• Jóvenes menores de 25 años inscritos como desempleados que no hayan cumplido de forma continuada su 6.º mes de desempleo.
• Mayores de 25 años inscritos como desempleados que no hayan cumplido de forma continuada su 12º mes de desempleo.
• Discapacitados inscritos como desempleados.
• Perceptores de ingresos mínimos de inserción.
• Inmigrantes de países no pertenecientes a la Unión Europea, inscritos como desempleados.
• Mujeres inscritas como desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en sectores de subrepresentación o con menor índice de empleo femenino.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

PROGRAMA I: FOMENTO DEL AUTOEMPLEO EN LOS SECTORES CONSIDERADOS COMO NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO A TRAVÉS DE FÓRMULAS Y DEL AUTOEMPLEO DE MUJERES EN PROFESIONES U OCUPACIONES CON MENOR ÍNDICE DE EMPLEO FEMENINO.
- Serán beneficiarios de este Programa los desempleados pertenecientes a los colectivos enumerados en el Resuelvo Quinto de esta Resolución que se establezcan como trabajadores por cuenta propia en alguno de los sectores denominados nuevos yacimientos de empleo, así como las mujeres que se establezcan por cuenta propia en una de las profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino, aunque no sea un sector de nuevo yacimiento de empleo.
- El beneficiario deberá realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención por un plazo de, al menos, 3 años salvo que pueda justificar documentalmente el cese de la actividad por fuerza mayor o caso fortuito, contados a partir de su alta en el Régimen de la Seguridad Social, Mutualidad y/o colegio profesional que corresponda.

PROGRAMA II: FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DEL PRIMER TRABAJADOR.
Serán beneficiarios de este Programa los trabajadores por cuenta propia y las comunidades de bienes, con centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Castilla y León, que hasta la fecha no hayan tenido trabajadores por cuenta ajena y formalicen contratos indefinidos en los términos establecidos en esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

PROGRAMA I: FOMENTO DEL AUTOEMPLEO EN LOS SECTORES CONSIDERADOS COMO NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO A TRAVÉS DE FÓRMULAS Y DEL AUTOEMPLEO DE MUJERES EN PROFESIONES U OCUPACIONES CON MENOR ÍNDICE DE EMPLEO FEMENINO.
La creación del propio puesto de trabajo en los sectores definidos como nuevos yacimientos de empleo y/o fomentar la creación del propio puesto de trabajo por mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.

PROGRAMA II: FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DEL PRIMER TRABAJADOR.
Incentivar la contratación del primer trabajador por parte de aquellos autónomos o profesionales que carezcan de trabajadores por cuenta ajena

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria para acciones de 2005 y Anexos Descargar Documento