Subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental del año 2020.

Código de ayuda:

S60882/20

Norma:

Resolución de 11 de noviembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de diciembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 455

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria y bases reguladoras específicas es la financiación de proyectos de atención integral y de promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental en el ámbito territorial de Mallorca, que se encuentran desconectadas de la red específica y de la atención social especializada.

La finalidad de esta convocatoria y bases reguladoras específicas es contribuir a la promoción y puesta en marcha de nuevos proyectos de atención integral y promoción de la autonomía destinados a la atención social especializada para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental, para conseguir su autonomía personal, inclusión sociolaboral, bienestar personal, vinculación social y
participación en la vida de la comunidad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe unitario máximo del módulo por mensualidad: € / módulo de atención-persona atendida/mes: 455,53 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

d) Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, antes de la fecha de la solicitud en el marco de esta convocatoria.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS).

h) Disponer de la autorización y acreditación para prestar un servicio de atención integral y de promoción de la autonomía, o un servicio ocupacional.

e) Acreditar como mínimo 1 año de experiencia en el desarrollo de actuaciones de carácter preventivo, asistencial y de inserción para personas con discapacidad para diagnóstico de salud mental.

Documentos asociados

Boletín: 26/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 200
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento