Subvenciones dirigidas a entidades locales, para fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano (PIMA Cambio Climático).

Código de ayuda:

S59428/22

Norma:

Orden de 11 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas para la concesión de subvenciones dirigidas a las entidades locales para fomentar y
apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.

La finalidad de las subvenciones que se regirán por esta Orden es fomentar la consecución de los objetivos establecidos en diversos instrumentos normativos y de planificación como el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA), el Plan Nacional de actuaciones Preventivas de los efectos de los excesos de temperaturas sobre la salud, la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas, el PIMA Cambio Climático y la Estrategia regional de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención total a obtener por cada proyecto será del 90% del presupuesto subvencionable, IVA excluido, con un máximo de 80.000 € por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de estas subvenciones serán las entidades locales de la Región de Murcia de menos de 100.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de subvención la realización, en zonas urbanas y periurbanas, de actuaciones piloto de carácter innovador, dirigidas a:

1. Atenuar el efecto isla de calor urbana y preparar los edificios públicos para las temperaturas extremas y prevenir el exceso de calor:

a) Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural con arbolado de hoja caduca o artificial de calles y plazas, reducción de la impermeabilidad del suelo, captación y aprovechamiento de aguas pluviales, creación de microclimas con láminas de agua, aplicación de soluciones bioclimáticas, etc.). Las actuaciones en ningún caso supondrán aumento de la superficie artificializada (asfaltada, hormigonada, etc.) respecto de la situación anterior.

b) Adaptación de edificios públicos para prevenir el exceso de calor. Se priorizarán las intervenciones de prevención del calor de carácter pasivo y las realizadas sobre los equipamientos utilizados por los grupos más vulnerables al calor: centros educativos, residencias de ancianos, centros de salud, centros
de día para personas mayores, etc. Las actuaciones en ningún caso supondrán aumento de la superficie artificializada (asfaltada, hormigonada, etc.) respecto de la situación anterior.

Aplicar soluciones basadas en la naturaleza y los sistemas de drenaje urbano, orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático:

a) Mejora de la infraestructura urbana verde y azul, caracterizada por su multifuncionalidad: restauración de tramos urbanos de ríos, zonas inundables para hacer frente a las avenidas extremas, sistemas de drenaje urbano sostenible, captura y aprovechamiento del agua de lluvia, etc.

b) Aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos: riesgos por altas temperaturas, inundaciones, fenómenos costeros, sequías, etc.

c) Proyectos a escala de barrio que incidan sobre el metabolismo urbano, más resiliente y más cercano a los procesos naturales, aprovechando el espacio público, espacios urbanos infrautilizados y equipamientos en desuso para integrar componentes de adaptación y mitigación del cambio climático.

No se financiarán las tipologías de actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en el PIMA Cambio Climático.

Requisitos:

. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13 de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

. La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de beneficiario, se realizará mediante la presentación de la documentación indicada en la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa aplicable a la materia.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento