Subvenciones dirigidas a empresas asturianas para la financiacion de proyectos de I+D en cooperacion internacional, en el marco de la convocatoria internacional de la Era-Net Manunet.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S28128/13

Norma:

Resolución de 12 de julio de 2013. Resolución 25 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), en régimen de concurrencia competitiva, a empresas asturianas, constituidas legalmente
que, atendiendo a la convocatoria Internacional de la Eranet Manunet participen en proyectos de I+D+i en el campo de la fabricación y los procesos avanzados en cooperación internacional con otras empresas y/o centros de investigación o tecnológicos de las regiones participantes en esta international call, y hayan superado la primera fase del procedimiento de evaluación internacional.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas asturianas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de I+D+i en el campo de la fabricación y los procesos avanzados en cooperación internacional con otras empresas y/o centros de investigación o tecnológicos de las regiones participantes en esta international call.

Requisitos:

Las empresas deberán estar legalmente constituidas y tener personalidad jurídica propia. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en las presentes bases aquellas empresas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento