Subvenciones dirigidas a agrupaciones empresariales innovadoras (clusters) del Principado de Asturias.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S19319/13

Norma:

Resolución de 28 de mayo de 2013. Resolución de 26 de agosto de 2013. Resolución de 29 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, en régimen de concurrencia competitiva, a Agrupaciones Empresariales Innovadoras/
Clusters (AEIs), radicadas física y fiscalmente en el ámbito territorial del Principado de Asturias, que desarrollen proyectos de cooperación y/o mejora de la innovación dirigidos a sus miembros, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las AEIs podrán solicitar subvención para uno o varios proyectos, dirigidos a empresas miembros de la AEI, los cuales deberán ser viables técnica y económicamente. Cada proyecto individual deberá incluir conceptos subvencionables por un importe total superior a 5.000 euros, no pudiendo cada AEI presentar proyectos que en conjunto superen los 60.000 euros.

1. La intensidad de la ayuda de esta convocatoria en las líneas 3.2 y 3.3 será decreciente en el tiempo, según el cuadro de reglas siguiente:

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es mayor o igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos uno, entonces la ayuda máxima será del 100%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos dos, entonces la ayuda máxima será del 90%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la
convocatoria actual de la ayuda Clusters menos tres, entonces la ayuda máxima será del 80%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos cuatro, entonces la ayuda máxima será del 70%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos cinco, entonces la ayuda máxima será del 60%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos seis, entonces la ayuda máxima será del 50%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos siete, entonces la ayuda máxima será del 40%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos ocho, entonces la ayuda máxima será del 30%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos nueve, entonces la ayuda máxima será del 20%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos diez, entonces la ayuda máxima será del 10%.

• Si el año de la primera solicitud de ayuda realizada por el Cluster es igual al año de la convocatoria actual de la ayuda Clusters menos once, entonces la ayuda máxima será del 0%.

2. Para la Línea 3.1 la intensidad máxima de la ayuda será del 100%.

3. En ningún caso, la intensidad de la ayuda de los conceptos considerados subvencionables podrán superar los anteriores límites máximos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

1. Entidades sin ánimo de lucro constituidas como Agrupación Empresarial Innovadora (AEI), Clúster o similar denominación.

2. Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional, sin ánimo de lucro, únicamente en la actuación “3.1. Creación de nuevas Agrupaciones Empresariales Innovadoras/Clusters (AEIs)”.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Creación de nuevas Agrupaciones Empresariales Innovadoras/Clusters (AEIs).

2. Estructura de coordinación y gestión de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras/Clusters (AEIs) constituidas, y actividades de difusión y promoción dirigidas a facilitar la generación de proyectos colaborativos de las empresas y organismos asociados o partícipes.

3. Proyectos y Actuaciones específicas dirigidas a fortalecer el potencial innovador y la competitividad de las empresas, dando prioridad a los proyectos que hagan uso de las infraestructuras científicas, tecnológicas, de servicios y apoyo a la innovación existentes.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en las presentes Bases, aquellos colectivos, agrupaciones o asociaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro, en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En ningún caso podrán obtener la condición beneficiario, las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, o aquellas asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme, en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/09/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 207
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 10/09/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 210
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento