Subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales para adquisicion, construccion, remodelacion, equipamiento y amortizacion de prestamos de Centros que presten Servicios en materia de inmigracion para el año 2009.

Código de ayuda:

S33119/09

Norma:

Orden de 2 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales para:

a) La adquisición, construcción, remodelación o equipamiento de centros que presten servicios en materia de inmigración.

b) La financiación de gastos de amortización en la cuantía que se determine del principal de préstamos suscritos para adquisición, construcción o remodelación de inmuebles destinados o a destinar a los centros citados en el apartado a), siempre que la adquisición, construcción o remodelación se haya producido dentro de los últimos diez años.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones solicitantes de estas ayudas estarán integradas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 de 16 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Orden de 19 de diciembre de 2006.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas en el registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia o haber solicitado su inscripción dentro del plazo de solicitud de la subvención, así como la autorización previa o de funcionamiento, según corresponda, de los respectivos Centros y Servicios Sociales para los que se solicita subvención. En todo caso, para la concesión deberán contar con la autorización correspondiente. De este requisito quedarán exentas, cuando la subvención se solicite para la adquisición de local.

b) Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad Social, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.

d) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 93
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento