Subvenciones dirigidas a Asociaciones, Entidades sin animo de lucro y Entidades Locales con menos de 20.000 habitantes integradas en la Red de Informacion Juvenil, destinadas a financiar programas de actividades y la adquisicion de equipamiento de sus Puntos de Informacion Juvenil, para el año 2008.

Código de ayuda:

S08928/08

Norma:

ORDEN FAM/179/2008, de 5 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades Locales con menos de 20.000 habitantes que cuenten con Puntos de Información Juvenil integrados en la Red de Información Juvenil, para el año 2008, con el objetivo de favorecer el volumen y calidad de información con destino a los jóvenes de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención para la realización de actividades alcanzará hasta el 100% de aquellos gastos que sean subvencionables y por un importe máximo de 12.000 euros por beneficiario.

La cuantía de la subvención para la adquisición de equipamiento alcanzará hasta el 100% de aquellos gastos que sean subvencionables, y por con un máximo de 8.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales; así como las entidades asociativas y demás entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro a fecha de publicación de la presente Orden; en el ámbito de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de subvención:
• La realización de programas de actividades, en especial la divulgación de la información, la formación, la orientación, el asesoramiento a los jóvenes y su participación en los procesos de construcción y divulgación de información juvenil, así como gastos de gestión y funcionamiento de los Puntos.
• La adquisición de equipamiento y material, destinado específicamente a la Información Juvenil.

Las actividades objeto de subvención serán las realizadas desde el 2 de noviembre de 2007 hasta el 31 de octubre de 2008.

No serán objeto de subvención las actividades culturales, ni los viajes desprovistos de interés desde el punto de vista de la información juvenil, así como la adquisición de equipamiento que no se destine específicamente a dichas funciones de información juvenil.

Se considerarán gastos subvencionables los siguientes:
a) Para el desarrollo del programa de actividades podrán ser objeto de subvención todos los gastos que guarden relación directa con la realización de las actividades y en especial gastos de personal contratado
en labores de gestión y administración de la entidad juvenil, como colaborador para la programación, ejecución y coordinación de las actividades.
b) Gastos de adquisición de equipamiento y material así como de mantenimiento de sedes o locales, destinados específicamente a la Información Juvenil.

Los gastos de personal y gastos de funcionamiento y gestión ordinaria del punto de información juvenil no podrán suponer más del 50% del total de los gastos subvencionables debiéndose reflejar en el presupuesto
detallado de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento