Subvenciones dirigida a los ayuntamientos de la isla de Ibiza para el fomento y la promoción de la recogida selectiva.

Código de ayuda:

S48082/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad principal de esta subvención es la de lograr una gestión más sostenible de los residuos a nivel insular, así como dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la normativa vigente en materia de recogida selectiva.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Diseño y elaboración de campañas de concienciación ciudadana.

a) Elaboración de materiales didácticos (videos, audiovisuales, etc.).

b) Diseño, planificación y ejecución de recogidas específicas a grandes productores.

c) Elaboración de estudios enfocados a optimizar la red de contenerización y sus recogidas.

d) Campañas de fomento del compostaje doméstico y / o comunitario.

e) Fomento de recogidas específicas de residuos voluminosos con el objetivo de ser introducidos en la cadena de la reutilización y preparación para la reutilización.

f) Elaboración de estudios para detectar problemáticas en la recogida selectiva actual y detectar oportunidades de mejora.

g) Tareas de mantenimiento y mejora de la red de contenerización (reparaciones, rotulación, limpieza...).

h) Otras actuaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria.

Requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones económicas con el CIE.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) El ámbito territorial de las actuaciones será la isla de Ibiza.

d) Los requisitos específicos que se detallan en la base 2.

e) No podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y del artículo 27 de la Ley 12 /2006, de 20 de septiembre, para la mujer.

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 24/08/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 116
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento