Subvenciones dirigida a clubes, asociaciones y entidades deportivas de Villanueva de la Cañada para el año 2019.

Código de ayuda:

S49164/19

Norma:

Decreto de 26 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las entidades ciudadanas financiando gastos de mantenimiento para el correcto funcionamiento de las sedes sociales u otros espacios en los que las entidades desarrollen sus actividades de forma habitual.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la convocatoria asciende a 59.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Clubes, asociaciones y entidades deportivas de Villanueva de la Cañada que estén inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid con anterioridad al uno de enero de 2019 y que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones quienes tengan deudas con el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la AEAT o frente a la Seguridad Social y quienes no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

Quedarán automáticamente excluidos aquellos clubes deportivos, asociaciones y entidades deportivas que no tengan debidamente justificadas ayudas concedidas por el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada en años anteriores; así como los clubes que no cumplan la normativa vigente establecida por la Comunidad de Madrid respecto a la celebración de procesos electorales para el nombramiento de la pertinente composición de la Junta Directiva, que deberá realizarse como máximo cada cuatro años.

Documentos asociados

Boletín: 26/08/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 202
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/08/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 202
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento