Subvenciones directas, en favor de las personas que formalicen nuevos contratos laborales con personas empleadas en el ámbito del servicio de hogar familiar.

Código de ayuda:

S43737/20

Norma:

Resolución de 30 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La actividad objeto de subvención no es otro que incentivar la contratación de personas desempleadas para la prestación de servicios de hogar familiar, en el sentido y con el alcance contemplado en la normativa de aplicación al sector.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención directa a conceder, se obtendrá sumando 100 euros, a la cuantía que sirva de Base de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. A tales efectos, se comprobará el importe de la Base de cotización, por medio del examen de una nómina ordinaria de mes completo de la persona trabajadora contratada, presentada en el momento de la solicitud de subvención.

2. La subvención a conceder se incrementará en un 10%, en el caso de que la persona desempleada contratada sea mujer víctima de violencia de género, o persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de la subvención regulada en las presentes bases, cualquier persona física, que concierte un contrato laboral en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio de hogar familiar, de acuerdo con el artículo 2.1.b) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y regulada específicamente por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (BOE de 17.11.11).

2. En cualquier caso, la actividad de la persona contratada para servicio de hogar familiar deberá desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 14/08/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 164
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento