Subvenciones destinado a incentivar nuevos contratos laborales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias - Modificación.

Código de ayuda:

S67946/09

Norma:

Resolucion de 19 de octubre de 2009. Resolución 23 de diciembre de 2009. Resolucion de 10 de febrero de 2010

Plazo de Solicitud:

Consultar el artículo tercero 2.1

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones y requisitos legales y formales del programa de fomento del empleo cuya finalidad es promover y potenciar la contratación de personas desempleadas.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por cada nuevo contrato indefinido a jornada completa que se lleve a cabo al amparo de las presentes
bases: 3.000,00 euros. Si las personas a contratar son mujeres, o menores de 30 años o mayores
de 45 en el momento de la contratación, el importe a subvencionar será de 3.500,00 euros. Si se trata de mujeres víctimas de violencia de género, o personas con discapacidad igual o superior al 33%, o titulares y beneficiarios de la Prestación Canaria de Inserción, o personas en exclusión social o en riesgo de padecerla, el importe de la subvención ascenderá a 4.000,00.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas establecidas en la Comunidad Autónoma de Canarias que cumplan con los requisitos y condicionantes exigidos en las mismas, siempre que las contrataciones se realicen con desempleados residentes en Canarias e inscritos en las Oficinas de Empleo del Gobierno de Canarias.

Requisitos:

1. Los contratos a subvencionar deberán suscribirse en el período de tiempo que se determine en la respectiva convocatoria.

2. Los trabajadores desempleados a contratar al amparo de este programa de fomento de empleo deberán
ser residentes en Canarias y estar inscritos en las Oficinas de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, con un período de inscripción ininterrumpida de, al menos, un mes en el momento de la contratación. La acreditación de este extremo se realizará de oficio por el Servicio Canario de Empleo.

3. Los trabajadores podrán ser contratados de forma indefinida o temporal, si bien en este último caso
la duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses.

4. Los contratos podrán concertarse a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que, en este último
caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la jornada habitual.

5. En el supuesto de contratos indefinidos, los puestos de trabajo subvencionados deberán mantenerse
ocupados durante un período mínimo de tres años ininterrumpidos, a contar desde la firma del contrato. En el caso de contratos temporales, deberán mantenerse por el período de vigencia inicialmente concertado en el contrato suscrito.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 213
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/12/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 255
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 24/02/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 38
Documento: Modificación Descargar Documento