Subvenciones destinadas al programa de fomento de la adquisición de suelo destinado a la construcción de vivienda protegida.

Código de ayuda:

S42619/19

Norma:

Resolución de 1 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de suelo urbano consolidado, o de derechos de superficie sobre el mismo, para la inmediata edificación de viviendas calificadas como vivienda protegida de promoción privada, en régimen especial, para su destino a la venta o el arrendamiento, que cumplan los requisitos establecidos para ello en la Ley 2/2003, de 30 de enero de Vivienda de Canarias y resto de normativa de aplicación a la vivienda protegida.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases, las personas físicas, las personas jurídicas, las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas
mayoritariamente por las Administraciones Públicas, las asociaciones y fundaciones públicas, las entidades del tercer sector de acción social, las empresas de economía social y sus asociaciones, las cooperativas de viviendas, y aquéllas a las que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad subvencionada consiste en la adquisición de suelo urbano consolidado o del derecho de superficie sobre el mismo, que será destinado a la construcción de viviendas protegidas de promoción privada, en régimen especial, con destino a la venta o al arrendamiento, en las condiciones previstas en la Ley 2/2003, de Vivienda de Canarias y en los Planes de Vivienda de Canarias que resulten de aplicación.

Requisitos:

a) Acreditar en el momento de la solicitud de la subvención, mediante escritura pública o contrato privado, la propiedad del suelo urbano consolidado o del derecho de superficie sobre el mismo, que conceda facultades para la edificación.

b) En caso de no disponer de la propiedad en el momento de la solicitud, deberán suscribir el compromiso de adquirir el suelo urbano consolidado o el derecho de superficie sobre el mismo, en el plazo de 6 meses a partir de la concesión de la subvención y, en todo caso, antes del 30 de noviembre del ejercicio presupuestario en el que se resolvió la concesión.

c) Adquirir el compromiso de obtener la calificación provisional de vivienda protegida e iniciar la construcción de las viviendas protegidas de nueva construcción en el plazo de 12 meses contados desde el abono de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 129
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 08/07/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 129
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento