Subvenciones destinadas al programa de fomento de empleo para la contratación de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S17037/16

Norma:

ORDEN 2/2016, de 20 de mayo. Resolución de 21 de junio de 2016. Resolución de 15 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Será objeto de subvención la contratación indefinida inicial de las personas jóvenes cualificadas que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito de la Comunitat
Valenciana.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 3.000.000 €.

2. La cuantía de la subvención ascenderá a 7.338,24 € para el caso de contratos indefinidos iniciales a jornada completa (9.172,80 € en el caso de contratación de mujeres o de jóvenes con diversidad funcional).

Los contratos indefinidos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrá ser beneficiario de estas ayudas cualquier empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario:

a) las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable.

b) las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Resultará objeto de subvención la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes pertenecientes al colectivo al que hace referencia el artículo 3.

Requisitos:

1. La contratación de la persona joven deberá efectuarse con posterioridad a la publicación de la convocatoria de estas subvenciones para el ejercicio presupuestario correspondiente.

2. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.

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