Subvenciones destinadas al mantenimiento de la ganadería extensiva en La Rioja.

Código de ayuda:

S43400/21

Norma:

Orden ATP/51/2021, de 18 de agosto. Resolución 807/2021, de 3 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de septiembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer el mantenimiento de la ganadería en régimen extensivo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención por beneficiario será de 3000 euros, salvo en algunas situaciones.

El importe total de la ayuda de minimis concedida a cualquier beneficiario no puede exceder de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas reguladas en la presente orden los titulares de explotaciones ganaderas situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionará el 80 % del gasto justificado en alimentación complementaria al aprovechamiento de pastos en el año natural anterior a la convocatoria.

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en La Rioja.

b) Estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de La Rioja (REGA) a la fecha de la convocatoria, en alguna de las siguientes condiciones:

Explotaciones de vacuno inscritas con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne o mixto.

Explotaciones de ovino y caprino inscritas con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, reproducción para producción de leche o reproducción para producción mixta.

Explotaciones de equino inscritas con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne en sistema productivo extensivo.

c) Ser agricultor profesional o titular de una explotación ganadera, sea persona jurídica o asociación de personas físicas, en la cual al menos uno de sus socios con una participación superior al 50 por ciento del capital social, sea agricultor profesional. Quedan excluidos de cumplir dicho requisito los agricultores que se hayan incorporado a la actividad agraria en los dos últimos años previos al de presentación de la solicitud de ayuda, considerándose como fecha de incorporación a los efectos exclusivos de esta orden, la fecha de alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación.

d) Tener un censo mínimo de 25 UGM, en las explotaciones que cumplan los requisitos del apartado 1b) del presente artículo, calculado de acuerdo a los siguientes criterios de conversión:

Para los bovinos: 1 UGM por cada animal de más de 24 meses a fecha 1 de enero del año de la solicitud.

Para los ovinos y caprinos: 0,15 UGM por cada animal reproductor en la declaración censal obligatoria del año de la solicitud.

Para los equinos: 1 UGM por cada animal de más de 3 años en la declaración censal obligatoria del año de la solicitud.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 14 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y frente a la Seguridad Social, no incurriendo en ninguno de los supuestos del artículo 13 apartados 2 y 3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las Subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 165
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 09/09/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 179
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/09/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 179
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento