Subvenciones destinadas al mantenimiento de Centros de Acceso Publico a Internet dirigida a entidades asociativas con actuacion en barriadas menos favorecidas en Andalucia y al mantenimiento o a la apertura y explotacion de puntos de Acceso Publico a Internet para Comunidades Andaluzas.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S55228/10

Norma:

ORDEN de 3 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar una óptima gestión, implementación, dinamización, y soporte de los Centros de Acceso Público a Internet en Barriadas Menos Favorecidas de Andalucía y de los Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas con criterios, herramientas, recursos, instrumentos y metodologías directamente alineados y en sintonía con las líneas estratégicas, objetivos, medidas e indicadores de cumplimiento establecidos en el Plan Andalucía Sociedad de la Información (Plan ASI) 2007-2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para Proyectos consistentes en el mantenimiento de Centros de Acceso Público a Internet en Barriadas Menos Favorecidas de Andalucía, la intensidad de las subvenciones podrá alcanzar un máximo del 100% del presupuesto aceptado en la resolución de concesión. En este caso la cuantía máxima será de 66.147 euros.

2. Para Proyectos consistentes en el mantenimiento de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas, la intensidad de las subvenciones podrá alcanzar un máximo del 100% del presupuesto aceptado en la resolución de concesión. En este caso la cuantía máxima será de 5.808 euros.

3. Para Proyectos consistentes en la apertura de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas, la intensidad de las subvenciones podrá alcanzar un máximo del 100% del presupuesto aceptado en la resolución de concesión. En este caso la cuantía máxima será de 6.208 euros.

4. En cualquier caso, cuando la subvención concedida no alcance la totalidad del presupuesto aceptado, será exigible un importe de financiación propia para cubrir la actividad subvencionada, debiéndose justificar en todo caso el 100% del presupuesto aceptado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas que reúnan los requisitos específicos previstos para cada línea de incentivo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Dentro del programa de mantenimiento y dependiendo de cada una de las líneas, podrán ser objeto de subvención los siguientes conceptos de gasto:

A) Dentro de la Línea A (Centros de Acceso Público a Internet) podrán ser objeto de subvención los siguientes conceptos de gasto:

- Coste de dinamización: salario y seguros sociales de la persona dinamizadora del Centro CAPI.

- Dietas y otros costes de desplazamiento asociados a la actividad de la persona dinamizadora del Centro.

- Seguro de responsabilidad civil, vida y/o accidentes para la persona dinamizadora.

- Gastos de mantenimiento general del CAPI: Alquiler o coste de uso del local para el CAPI, en el caso que proceda, hasta un máximo de 400 euros mensuales, suministro eléctrico, material fungible, de oficina, didáctico e informático y gastos de limpieza.

B) Dentro de las líneas B y C (Comunidades Andaluzas) podrán ser objeto de subvención los siguientes conceptos de gasto:

- Garantía y mantenimiento de la red de área local y del equipamiento hardware compatible con la última versión estable de la versión Guadalinex de la Junta de Andalucía.

- Garantía y mantenimiento del mobiliario asociado al equipamiento indicado en el punto anterior.

- Mensualidades de la conexión a Internet en banda ancha así como contratación y mantenimiento de servicio de control parental sobre la navegación por Internet.

- Seguros de responsabilidad civil y del equipamiento del centro.

- Material fungible y otros bienes consumibles no amortizables así como material de oficina, didáctico e informático.

2. Dentro del programa de apertura podrán ser objeto de subvención los siguientes conceptos de gasto:

- Diseño, implantación y mantenimiento de la Red de Área Local así como equipamiento necesario para el acceso wifi en el Punto de Acceso Público a Internet.

- Compra, garantía y mantenimiento durante todo el periodo de ejecución del proyecto, de equipamiento hardware compatible con la última versión estable de la versión Guadalinex de la Junta de Andalucía.

- Mobiliario asociado al equipamiento indicado en el punto anterior.

- Contratación (alta y mensualidad) de conexión a Internet en banda ancha así como contratación de servicio de control parental sobre la navegación por Internet.

- Costes de señalización e identificación del Punto de Acceso de acuerdo a la identidad corporativa que se facilite desde la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Sociedad de la Información de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

- Seguros de responsabilidad civil y del equipamiento del centro.

- Material fungible y otros bienes consumibles no amortizables así como material de oficina, didáctico e informático.

Requisitos:

1. En Proyectos consistentes en el mantenimiento de Centros de Acceso Público a Internet en Barriadas Menos Favorecidas en Andalucía, tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades asociativas con capacidad de actuación demostrada en la zona, que en el momento de presentar la solicitud de incentivo cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida como entidad asociativa sin ánimo de lucro y debidamente inscrita en el Registro Público que corresponda en función de su naturaleza jurídica y su ámbito de actividad.

b) Tener domicilio social en Andalucía.

c) Haber gestionado un Centro de Acceso Público a Internet al amparo de la Orden de 6 de julio de 2009, en concepto de ayuda al sostenimiento y explotación de un Centro de Acceso Público a Internet o haber sido incentivado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa con una subvención excepcional para la gestión de un Centro de Acceso Público a Internet.

d) Garantizar a la fecha de la presentación de la solicitud la disponibilidad de un local adecuado para el desarrollo del proyecto.

e) El representante legal de la entidad deberá disponer de firma electrónica reconocida y utilizarla para presentar la solicitud a través de la vía telemática.

f) El representante de la entidad deberá disponer de una dirección segura en el Sistema de Notificaciones Notific@ o autorizar a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia a tramitar su alta en el referido sistema. Toda la información relativa a este sistema de notificación, se encuentra disponible en la siguiente dirección de Internet http://www.andaluciajunta. es/notificaciones.

2. En proyectos consistentes en el mantenimiento de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas en territorio español, tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades asociativas con capacidad de actuación demostrada en la zona, que en el momento de presentar la solicitud de incentivo cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida y debidamente inscrita en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas, creado en virtud del articulo 35 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo.

b) Haber gestionado un Punto de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas en territorio español al amparo de la Orden de 20 de julio de 2007 o de la Orden de 6 de julio de 2009.

c) Garantizar, a la fecha de la presentación de la solicitud, la disponibilidad de un local adecuado para el desarrollo del proyecto.

d) El representante legal de la entidad deberá disponer de firma electrónica reconocida y utilizarla para presentar la solicitud a través de la vía telemática.

e) Disponer de cuenta de correo electrónico a efectos de poder utilizar el Sistema de Notificación Telemática de la Junta de Andalucía o NOTIFIC@. Toda la información relativa a este sistema de notificación, se encuentra disponible en la siguiente dirección de Internet http://www.andaluciajunta.es/
notificaciones.

3. En proyectos consistentes en el mantenimiento de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas fuera de territorio español, tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades asociativas con capacidad de actuación demostrada en la zona, que en el momento de presentar la solicitud de incentivo cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida y debidamente inscrita en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas, creado en virtud del artículo 35 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo.

b) Haber gestionado un Punto de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas en territorio español al amparo de la Orden de 20 de julio de 2007 o de la Orden de 6 de julio de 2009.

c) Garantizar, a la fecha de la presentación de la solicitud, la disponibilidad de un local adecuado para el desarrollo del proyecto.

4. En Proyectos consistentes en la apertura de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas dentro del territorio español, tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades asociativas que en el momento de presentar la solicitud de incentivo cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas, creado en virtud del artículo 35 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre.

b) Contar, a la fecha de la presentación de la solicitud, con un local disponible para el adecuado desarrollo del proyecto.

c) El representante legal de la entidad deberá contar a la fecha de presentación de la solicitud con firma electrónica reconocida y utilizarlo para presentar la solicitud a través de la vía telemática.

d) Disponer de cuenta de correo electrónico a efectos de poder utilizar el Sistema de Notificación telemática de la Junta de Andalucía o NOTIFIC@. Toda la información relativa a este sistema de notificación, se encuentra disponible en la siguiente dirección de internet http://www.andaluciajunta.es/notificaciones.

5. En Proyectos consistentes en la apertura de Puntos de Acceso Público a Internet en Comunidades Andaluzas radicadas fuera del territorio español, tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades asociativas que en el momento de presentar la solicitud de incentivo cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida y debidamente inscrita en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas, creado en virtud del articulo 35 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo.

b) Contar, a la fecha de la presentación de la solicitud, con un local disponible para el adecuado desarrollo del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 191
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento