Subvenciones destinadas al incremento de la competitividad del comercio de proximidad en Ceuta,2019.

Código de ayuda:

S60782/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de enero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de las subvenciones es apoyar la realización de acciones que contribuyan a la dinamización, promoción e incremento de la competitividad del comercio de proximidad local, incluyendo la prospección del mercado comercial relacionado con la acción social o comercio responsable.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán participar, exclusivamente, en la convocatoria de las subvenciones reguladas por el presente documento las entidades que, a continuación, se relacionan:

Organizaciones interprofesionales, con personalidad jurídica propia y capacidad legal suficiente para el cumplimiento de fines concernientes a la defensa de los intereses generales y comunes del sector empresarial de Ceuta y, en particular, los relacionados con sus empresas asociadas.

Corporaciones de derecho público que tienen legalmente encomendadas la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación.

En ambos casos deberá tratarse de:

Entidades sin ánimo de lucro que cuenten con personalidad jurídica y estén formalmente constituidas, e inscritas como tal, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y;

Que representen a un mínimo de 150 establecimientos activos en calidad de asociados –o figura de correspondencia y significado similar-.

Requisitos:

Las entidades solicitantes, potencialmente beneficiarias, deberán cumplir, adicionalmente, los siguientes requisitos:

Que desarrollen su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Ceuta con una antigüedad mínima de 5 años.

Que planteen el desarrollo de un proyecto susceptible de participar en la iniciativa regulada por las presentes bases.

Que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

Documentos asociados

Boletín: 18/10/2019
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5931
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 22/11/2019
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5941
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/11/2019
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5941
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2019
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 8945
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento