Subvenciones destinadas al fomento del empleo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35773/13

Norma:

Piélagos, 11 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el establecimiento del régimen de subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo y afianzar la economía local.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Piélagos (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Programa I.

Las personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica en el término municipal y fomenten el empleo estable de trabajadores desempleados.

b) Programa II.

Las personas físicas o jurídicas que pretendan desarrollar de forma personal o directa una actividad empresarial en el municipio mediante empresas de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades limitadas de nueva creación y empresas de economía social, siempre que requieran de un local comercial o industrial en el término municipal de Piélagos.

— Las personas físicas o jurídicas residentes en el municipio que inicien una actividad empresarial como trabajadores autónomos, aunque no requieran de local para su actividad.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa I.- De ayudas a la contratación de trabajadores desempleados incluidos en colectivos más desfavorecidos por su dificultad para el acceso al mercado de trabajo.

b) Programa II.- De ayudas al empleo autónomo y/o a la constitución de sociedades.

Requisitos:

a) Programa I.

— El empresario deberá tener su domicilio social o el centro de trabajo en el municipio.

— Deberá contratar o haber contratado, en el ejercicio en el que se produzca la convocatoria.

En el caso en que la contratación se hubiera producido con posterioridad al cierre del plazo de la convocatoria del ejercicio anterior, el empleador podrá solicitarla en el ejercicio de
la convocatoria del año siguiente, dándole así, carácter retroactivo. Podrá contratar a uno o
varios trabajadores que supongan un aumento neto en la plantilla, respecto a la media de los
12 meses anteriores.

— Los trabajadores contratados deberán residir en el municipio y hallarse previamente inscritos en los Registros del Servicio Cántabro de Empleo o en la bolsa e trabajo de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Piélagos.

— El contrato deberá mantenerse un mínimo de 1 año y realizarse a tiempo completo o parcial.

b) Programa II.




Documentos asociados

Boletín: 20/09/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 181
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento