Subvenciones destinadas al fomento del cultivo de manzano de sidra y de los pequeños frutos en el Principado de Asturias - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S25137/09

Norma:

Resolucion de 20 de marzo de 2009. Resolucion de 3 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es regular las bases de la concesión de subvenciones, destinadas a fomentar en el ámbito territorial del Principado de Asturias, el establecimiento de nuevas plantaciones de manzano de sidra y de pequeños frutos.

Línea 1: Manzano de sidra.

Línea 2: Pequeños frutos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1: Manzano de sidra:

El coste máximo de inversión auxiliable de la plantación, considerado como la suma de la totalidad de los gastos elegibles con derecho a ayuda, tendrá los siguientes límites:

a) Hasta 5.000 euros por hectárea plantada, en caso de plantaciones semi-intensivas con portainjertos clonales semienanos y densidad de 400 a 700 árboles por hectárea.

b) Hasta 4.000 euros por hectárea plantada, en caso de plantaciones sobre patrón franco y densidad de 200 a 250 árboles por hectárea.

c) Hasta 4.500 € para formaciones en vaso tanto sobre patrón franco como clonal, y densidad entre 160 y 350 árboles por Ha.

d) Hasta 6.000 € por hectárea plantada en caso de plantaciones semi intensivas o portainjertos clonales enanos y densidad de 1.400 a 1.800 árboles por hectárea.

Línea 2: Pequeños frutos:

a) A efectos del cálculo de la subvención el coste máximo auxiliable de la plantación, considerando como la suma de la totalidad de los gastos elegible con derecho a ayuda, tendrá el siguiente límite, hasta 22.000 euros por hectárea plantada.

b) La subvención se aplicará sobre el coste invertido en la plantación siempre que no supere el límite fijado en el apartado a), con los siguientes porcentajes:

El 20% del coste de la inversión con carácter general, cuando ésta se encuentre ubicada en zona ordinaria.

El 25% cuando la plantación esté ubicada en zona desfavorecida o de montaña.

Con carácter complementario se incrementará el porcentaje, según lo indicado en los apartados anteriores, en 5 puntos adicionales, cuando el solicitante acredite el cumplimiento, al menos de una de las siguientes condiciones:

Ser joven agricultor.

Pertenecer a una entidad asociativa, que tenga por objeto la comercialización de este pequeño fruto. ●

Ser titular de una explotación perteneciente a una Agrupación de Tratamientos Integrados (ATRIA).

Agricultor profesional.

c) La ayuda máxima a subvencionar no podrá superar la cantidad de 12.000 €. por beneficiario.

d) Gastos imputables a la plantación.

Todas aquellas labores culturales o inversiones con destino a la implantación de un nuevo cultivo de pequeños frutos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas líneas de ayuda con carácter general, las personas físicas o jurídicas que
cuenten con las competencias y habilidades requeridas, que presenten un proyecto viable desde el punto de vista técnico y económico, que cumplan con las normas mínimas en materia de medio ambiente, y que pretendan realizar nuevas plantaciones con las especificaciones técnicas que se indicarán en las bases específicas para cada línea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: Manzano de sidra:

Línea encaminada a fomentar la creación de plantaciones regulares con carácter semi-intensivo y de rápida entrada en producción de nuevas plantaciones de manzano de sidra.

1. Especificaciones técnicas exigibles:

Formaciones en eje vertical: a. Plantaciones semi-intensivas sobre portainjertos clonales semienanos, con densidad comprendida entre 400 a 700 árboles por hectárea.

b. Plantaciones sobre patrón franco, con densidad comprendida entre 200 a 250 árboles por hectárea.

c. Plantaciones semi-intensivas sobre portainjertos clonales enanos, con una densidad comprendida entre 1400 a 1800 árboles por hectárea.

Formaciones en vaso:

a. Plantaciones semi-intensivas sobre patrón franco, con densidades comprendidas entre 160 a 240 árboles por hectárea.

b. Plantaciones semi-intensivas sobre patrón clonal semienano, con una densidad comprendida entre 250 a 350 árboles por hectárea.

Se considerarán elegibles los siguientes gastos de establecimiento de la plantación: las enmiendas orgánicas y/o calizas, los fertilizantes químicos y los plantones de manzano (que deberán estar injertados exclusivamente con variedades de las enumeradas en el anexo I de esta Resolución); los trabajos de preparación del terreno (laboreo) incluido movimiento de tierra, y los de replanteo, apertura de hoyos, colocación, asentamiento de los árboles y protectores de tubo o de alambre para protegerlos contra daños por caza.

Línea 2: Pequeños frutos:

Esta línea está encaminada a subvencionar las plantaciones de arándanos, frambueso, grosella y zarzamora en el ámbito territorial del Principado de Asturias bajo las siguientes especificaciones técnicas.

1. Especificaciones técnicas exigibles:

- La superficie mínima exigible en las plantaciones regulares de pequeños frutos, será de 2.000 m² (0,2 Ha).
- Densidad:

Arándano: 2.000 a 4.000 plantas/ha.

Frambueso: 4.000 a 6.000 plantas/ha.

Grosellero: 4.000 a 6.000 plantas/ha.

Zarzamora: 1.500 a 2.000 plantas/ha.

Requisitos:

Se entenderá que el beneficiario cuenta con las competencias y habilidades requeridas en el apartado anterior cuando se cumpla con, al menos, uno de los siguientes apartados:

a) Un año de experiencia en el ámbito de la actividad agraria.

b) Certificación expedida por entidad asociativa agraria de comercialización constituida por productores de manzana de sidra, o de pequeños frutos que le acredite como socio de la entidad y que realice la entrega.

c) Acreditación de asistencia a cursos o jornadas de capacitación agraria, y/o cursos jornadas específicos de frutales o de pequeños frutos.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 75
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/04/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 86
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento