Subvenciones destinadas al fomento del cultivo de manzano de sidra en el Principado de Asturias en la campaña 2004.

Código de ayuda:

S07346/03

Norma:

Resolución de 19 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las nuevas plantaciones de variedades de manzano de sidraI, en el ámbito territorial del Principado de Asturias, y formadas en eje vertical, con superficies superiores a 5.000 m2.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A todos los efectos para el cálculo de la subvención se considera un coste máximo de plantación de 4.000 euros/Ha, para plantaciones con portainjertos clonales semienanos, y 3.000 euros/Ha para plantaciones sobre patrón franco, entendiéndose como gastos de plantación los costes de preparación del terreno, las labores culturales necesarias y los plantones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cuenten con las competencias y habilidades requeridas y cumplan con las normas mínimas en materia de medio ambiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las nuevas plantaciones de variedades de manzano de sidra:
- Superficie igual o superior a 5.000 m2.
- La superficie mínima podrá estar formada por un máximo de dos parcelas.
- En caso de plantaciones ya existentes y que hayan sido objeto de subvención en campañas anteriores o a través del programa de modernización de explotaciones, serán subvencionables plantaciones complementarias a las ya existentes siempre que la superficie a plantar sea igual o superior a 2.000 m2.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente que se indican a continuación:
a) Prohibición del laboreo convencional a favor de pendiente.
b) La aplicación del abonado mineral deberá tener en cuenta las recomendaciones de los Servicios Técnicos de la Consejería de Medio Rural y Pesca.
c) Los plásticos usados y otros materiales residuales deberán retirarse de las parcelas y depositarse en lugares apropiados.
d) En el uso de pesticidas y herbicidas deberán respetarse las indicaciones de los fabricantes, retirando los residuos una vez efectuada la aplicación correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2003
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 299
Documento: Convocatoria Descargar Documento