Subvenciones destinadas al fomento del cultivo de manzano de sidra en el Principado de Asturias en la campaña 2004.
Código de ayuda:
S07346/03Norma:
Resolución de 19 de diciembre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/02/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las nuevas plantaciones de variedades de manzano de sidraI, en el ámbito territorial del Principado de Asturias, y formadas en eje vertical, con superficies superiores a 5.000 m2.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A todos los efectos para el cálculo de la subvención se considera un coste máximo de plantación de 4.000 euros/Ha, para plantaciones con portainjertos clonales semienanos, y 3.000 euros/Ha para plantaciones sobre patrón franco, entendiéndose como gastos de plantación los costes de preparación del terreno, las labores culturales necesarias y los plantones.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que cuenten con las competencias y habilidades requeridas y cumplan con las normas mínimas en materia de medio ambiente.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las nuevas plantaciones de variedades de manzano de sidra:- Superficie igual o superior a 5.000 m2.
- La superficie mínima podrá estar formada por un máximo de dos parcelas.
- En caso de plantaciones ya existentes y que hayan sido objeto de subvención en campañas anteriores o a través del programa de modernización de explotaciones, serán subvencionables plantaciones complementarias a las ya existentes siempre que la superficie a plantar sea igual o superior a 2.000 m2.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente que se indican a continuación:a) Prohibición del laboreo convencional a favor de pendiente.
b) La aplicación del abonado mineral deberá tener en cuenta las recomendaciones de los Servicios Técnicos de la Consejería de Medio Rural y Pesca.
c) Los plásticos usados y otros materiales residuales deberán retirarse de las parcelas y depositarse en lugares apropiados.
d) En el uso de pesticidas y herbicidas deberán respetarse las indicaciones de los fabricantes, retirando los residuos una vez efectuada la aplicación correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2003
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 299
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 299
Documento: Convocatoria Descargar Documento