Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimenes extensivos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S23537/11

Norma:

ORDEN de 18 de abril de 2011. REAL DECRETO 1724/2007, de 21 de diciembre. Orden ARM/1432/2011, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de junio de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2011, las subvenciones previstas en el Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos, así como fijar los requisitos y criterios valorativos de otorgamiento complementarios, el procedimiento de instrucción, resolución y pago de las subvenciones, la forma y plazo de justificación de las mismas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas, registradas conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, cuya actividad se corresponda con las contempladas en el artículo 4 del Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, y que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas que cuenten con animales reproductores
pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la consecución de una producción ganadera que:

a) Propenda a la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural.

b) Provea a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.

c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.

d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.

Requisitos:

a) Estar dado de alta de terceros en el sistema económico y financiero de Canarias (S.E.F.C.A.N.).

b) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 14
Documento: REAL DECRETO 1724/2007. Descargar Documento
Boletín: 25/04/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento