Subvenciones destinadas al fomento de razas autoctonas en peligro de extincion.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S38719/09

Norma:

Resolucion de 22 de abril de 2009. Resolucion de 23 de abril de 2009. Resolucion de 30 de diciembre de 2009. ResoluCión de 13 de enero de 2011. Resolución de 27 de enero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria 2010 de ayudas al fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, cuyo objeto es la concesión de subvenciones, por importe global de 250.000 € (doscientos cincuenta mil euros), destinadas a contribuir a la financiación de actuaciones que persigan la conservación y fomento de dichas razas en el Principado de asturias, y autorizar el correspondiente gasto.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los porcentajes máximos de financiación para las distintas líneas contempladas serán los siguientes:

• 100% de los gastos aprobados en las actuaciones previstas en las letras a), b), c) y d).

• 70% de los gastos aprobados en las actuaciones previstas en la letra e).

• 40% de los gastos aprobados en las actuaciones previstas en la letra f).

• En todo caso, el importe recibido por un mismo beneficiario por la suma de los párrafos a), b) y c) de la citada base no podrá exceder de 100.000 euros a lo largo de tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones o asociaciones de ganaderos que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de estudios y estadísticas sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva.

b) Educación, formación y divulgación de conocimientos científicos en materia zootécnica.

c) Organización de certámenes ganaderos y participación en los mismos.

d) Creación o mantenimiento de libros genealógicos.

e) Elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica.

f) Creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo en centros autorizados oficialmente.

Requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Acreditar que los ganaderos que integran las mismas disponen de un mínimo del 60 por ciento de las reproductoras de la raza o razas en peligro de extinción.

c) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como los establecidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

d) Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro Genealógicos de una raza en peligro de extinción por la comunidad autónoma del Principado de Asturias.

e) Disponer de unos estatutos o reglamento interno de funcionamiento, establecido de forma estatutaria, que garantice la participación democrática de los miembros y el acceso de los no miembros a los beneficios que perciban los asociados procedentes de las Administraciones Públicas.

Documentos asociados

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