Subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas canarias de protección especial en peligro de extinción.

Código de ayuda:

S05564/05

Norma:

Orden de 10 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la convocatoria para el ejercicio de 2005, de las subvenciones previstas en el Real
Decreto 997/1999, de 11 de junio (B.O.E. nº 140, de 12.6.99), sobre fomento de las razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los porcentajes máximos de subvención serán:
a) Para las actuaciones previstas en los apartados a) y b) del punto 2 de la base 1: el 90%.
b) Para las actuaciones previstas en el apartado c) del punto 2 de la base 1: el 40%.
c) Para las actuaciones previstas en el apartado d) del punto 2 de la base 1: el 70%, salvo que consistan en la implantación a nivel de explotación de técnicas o prácticas innovadoras en el ámbito de la cría de animales, en cuyo caso el porcentaje máximo será del 40%.
(Para más información consultar Bases)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones u organizaciones que carezcan de ánimo de lucro, cuyos agricultores que las integran acrediten tener inscritas, con los datos actualizados, sus explotaciones en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, disponen del 60% de las reproductoras de la raza o razas autóctonas canarias en peligro de extinción incluidas en el anexo del Real
Decreto 1.682/1997, de 7 de noviembre, por el que se actualiza el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.

Además, deberán garantizar la participación democrática de sus miembros y dispondrán de los medios técnicos, laboratoriales y de personal apropiados para la realización de las actividades subvencionadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La realización de estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como su caracterización morfológica y reproductiva.
b) La realización de estadísticas que recojan los aspectos productivos, estructuras de población por ubicación de rebaños, líneas y estirpes, edades, capacidad reproductiva.
c) La creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo.
d) La elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/04/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 84
Documento: Modificación Descargar Documento