Subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. Convocatoria 2025.
Código de ayuda:
S30128/16Norma:
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. Orden de 26 de julio de 2016. Orden de 9 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto convocar en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2025, las ayudas previstas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, destinadas a las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la conservación y el fomento de razas autóctonas españolas, catalogadas según el Anexo I del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza elPrograma nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarias de esta subvención, las organizaciones o asociaciones de ganaderos de razas autóctonas españolas, sin ánimo de lucro, inscritas en el registro oficial de asociaciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Creación o mantenimiento de libros genealógicos. Los conceptos subvencionables serán los gastos derivados de dicha actividad, incluidos los del local u oficinas, ordenadores y material informático y su mantenimiento o actualización, adquisición de material de oficina no inventariable y contratación ygastos de personal técnico y administrativo.
b) Las que se deriven del desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza, en el que se recogerán las actividades destinadas a la conservación in situ de la misma, así como la creación y mantenimiento de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente y las pruebas destinadas
a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado. Las ayudas irán encaminadas a sufragar los gastos relativos a la implantación y desarrollo de los programas de mejora oficialmente aprobados y los controles de rendimientos para la realización de las evaluaciones genéticas de los animales y los programas de difusión de la mejora.
Requisitos:
a) Estar oficialmente reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de una raza o varias razas autóctonas españolas.b) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Cumplir las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016.
d) Tener la condición de PYME de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.52 y anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
e) No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2.59 del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
f) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
g) En el caso de que existan varias Asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma Comunidad Autónoma o en distintas Comunidades Autónomas, deberán estar integradas en una única Asociación de segundo grado, conforme al artículo 10 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, debiendo ser esta última la solicitante de las ayudas.
Documentos asociados
Boletín:
08/12/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 295
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
02/08/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 178
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
02/08/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 178
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
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Boletín:
15/07/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 161
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
15/07/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 161
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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