Subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas canarias.

Código de ayuda:

S01691/19

Norma:

Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. ORDEN de 18 de diciembre de 2018. ORDEN de 29 de noviembre de 2019. ORDEN de 16 de noviembre de 2020. Orden de 15 de noviembre de 2021. ORDEN de 23 de noviembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir al mantenimiento y conservación del patrimonio genético que las razas autóctonas canarias, evitando así su desaparición y mejorando la consolidación del patrimonio zoogenético, indispensable para alcanzar un uso sostenible y racional del medio natural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos que se especifican en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento de las razas autóctonas españolas.

Requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas, por la comunidad autónoma correspondiente.

c) En el caso de que existan varias asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma comunidad autónoma o en distintas comunidades autónomas, deberán estar integradas en una única asociación de segundo grado, según establece el artículo 13.1 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, para poder acceder a estas ayudas, debiendo ser dicha asociación de segundo grado la solicitante de las ayudas.

d) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como tener la condición de PYME de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado.

e) Cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 11 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 08/11/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 295
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/12/2018
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 252
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/12/2018
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 252
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/12/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2020 y anexos Descargar Documento
Boletín: 16/12/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/11/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/11/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/11/2021
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/11/2021
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 242
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/12/2022
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 241
Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/12/2022
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 241
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento