Subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social.

Código de ayuda:

S38455/23

Norma:

ORDEN IEM/1217/2023, de 23 de octubre. Orden de 14 de noviembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades asociativas representativas de centros especiales de empleo o de empresas de inserción que carezcan de ánimo de lucro y que tengan ámbito de actuación en Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) Asesoramiento individualizado a empresas y/ó a Administraciones Públicas.

b) Jornadas informativas de carácter colectivo.

c) Campañas de difusión y promoción.

d) Estudios, publicaciones y cualquier otro tipo de actividad similar que contribuya a un mayor nivel de contratación de personas con discapacidad y de personas en situación o riesgo de exclusión social en las empresas del mercado ordinario de trabajo o en el sector público.

Requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, y no mantener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.

b) No haber sido inhabilitadas mediante sentencia firme para obtener subvenciones y ayudas públicas de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.7 f) de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

c) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo por la comisión de infracciones graves o muy graves no prescritas, de conformidad con lo previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cumplir con lo establecido en el apartado segundo del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, siempre y cuando les resultase de aplicación. A estos efectos, se entenderá cumplido con la inscripción obligatoria en el registro público, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Dicho requisito se acreditará mediante la documentación y aportación de los datos de inscripción en el registro correspondiente que se establezca en la orden de convocatoria de las subvenciones.

e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y acreditar dicho cumplimiento conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

f) En el caso de ser asociaciones, cumplir con lo establecido en el punto b) del apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León. Este requisito se acreditará mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.

g) No podrán ser beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Este requisito se acreditará mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 208
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/11/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 221
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 17/11/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 221
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento