Subvenciones destinadas al fomento de la investigacion, desarrollo e innovacion, en regimen de concesion directa, para el Programa 5: Ayudas a la inversion y funcionamiento de agrupaciones empresariales innovadoras.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S55737/14

Norma:

Resolución de 26 de diciembre de 2014. Orden nº 11/2014, de 19 de diciembre. Resolución de 23 de febrero de 2015. Orden nº 9/2015, de 8 de mayo. Resolución de 9 de marzo de 2016. Resolución de 17 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de noviembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la primera convocatoria para el año 2017 de las subvenciones destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación (CL), en régimen de concesión directa, para el Programa 5: Ayudas a la inversión y funcionamiento de agrupaciones empresariales innovadoras.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1) Para los gastos de funcionamiento operativo de la agrupación empresarial innovadora descritos en el apartado 2.c1) de la presente convocatoria:

- El 45% para las fases primera o segunda, y siempre dentro de los 5 años desde la constitución de la AEI.

- El 30% para la tercera fase, o aquellas fases que se ejecuten desde el quinto al octavo año desde la constitución de la AEI.

2) Para los gastos de inversión en nuevos elementos activos materiales e inmateriales para la construcción o mejora de la agrupación descritos en el apartado 2.c2): el 45% del gasto o inversión elegible.


3) Se aplicarán las siguientes primas:

Prima 1, +5% cuando el beneficiario corresponda, o desarrolle productos o servicios para los sectores definidos en la estrategia RIS3, incluidas las empresas de alta y media-alta tecnología.

e
4) En cualquier caso, el gasto máximo/año por el concepto de funcionamiento operativo de la agrupación empresarial innovadora, descrito en el apartado 2.c1), será de 200.000 euros.

En cualquier caso, en evaluación se tendrán en consideración aspectos relacionados con el equilibrio y viabilidad del plan estratégico, las colaboraciones estratégicas externas que se propongan, las tecnologías y sectores de aplicación, la explotación de los resultados obtenidos, la alineación y complementariedad tecnológica que permita el intercambio de conocimientos generando valor añadido, y la compatibilidad de agrupación de los socios propuestos, indicándose dentro de lo posible, las posibilidades futuras de ampliación del mismo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones empresariales innovadoras AEIs, en este caso, las subvenciones se concederán exclusivamente a la entidad jurídica que gestione la agrupación, y se deberán reunir los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En particular se podrán incentivar los siguientes gastos de la agrupación:

- Los gastos de funcionamiento.

- Las inversiones en nuevos activos materiales e inmateriales para la construcción o mejora de la agrupación.

Requisitos:

Se entiende por agrupaciones empresariales innovadoras AEIs: las estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.

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