Subvenciones destinadas al apoyo de la programación y mantenimiento de salas de pequeño formato de actividad escénica y salas de música en directo 2022/2023.

Código de ayuda:

S47119/22

Norma:

Decreto de 15 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de agosto de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo de la programación y
mantenimiento de salas de pequeño formato de actividad escénica y salas de música en directo 2022/2023, aprobando las correspondientes bases.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a 3.412.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

En el caso de las salas de pequeño formato de actividad escénica, podrán optar a la presente convocatoria empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas así como las entidades culturales sin ánimo de lucro.

En el caso de las salas de música en directo, podrán optar a la presente convocatoria empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas.

Requisitos:

Que la sala para la que se solicita la ayuda esté en la ciudad de Madrid.

Que el solicitante ostente la titularidad de la gestión de la sala, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación de la misma.

Que el solicitante se comprometa, mediante declaración responsable, a mantener la actividad del espacio abierto al público con programación estable y continua, como mínimo, hasta el 31 de diciembre de 2023.

El proyecto de programación deberá recoger la realización de un mínimo de 80 días de programación en cada uno de los años del período subvencionable (2022 y 2023).

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 173
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 173
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento